Ayer, la Mesa Directiva del Congreso decidió, por tres votos a favor y uno en contra, que se siga pagando la pensión vitalicia al exdictador Alberto Fujimori mientras se consulta con diversos constitucionalistas si el indultado merece recibir este beneficio.
Si bien es un paso adelante, nos queda la duda de ¿qué es lo que se quiere consultar si la norma que regula la entrega de estos pagos es bastante clara?
Recordemos, la Ley 26519, firmada por el propio dictador en 1995, dice a la letra que la pensión presidencial”queda en suspenso para el caso de expresidentes respecto de los cuales el Congreso haya formulado acusación constitucional salvo sentencia judicial que los declare inocentes”.
Entonces, Alberto Fujimori no puede recibir este beneficio porque no solo ha sido acusado constitucionalmente en el Congreso, sino que también fue hallado culpable de los delitos de usurpación de funciones, los asesinatos de La Cantuta y Barrios Altos, secuestro, peculado y corrupción.
Y lo que es peor, Fujimori no fue declarado inocente, recibió un indulto humanitario que, según la jurisprudencia, borra la ejecución de la pena más no el delito o. en el caso del dictador, los delitos cometidos y por los que fue sentenciado. Esperamos que la decisión de “evaluar” esta medida no sea solo una cortina de humo para darle largas al asunto y se resuelva a la brevedad. Que Fujimori siga viviendo del Estado, además de una afrenta, es una ilegalidad.