Escrito por Clorinda Flores y Sofía López
El Congreso de la República promulgó ayer la ley que permite el retiro del 25% de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), luego de que se venciera el plazo para que el presidente Martín Vizcarra formule alguna observación a la autógrafa.
En el día 46 del aislamiento social obligatorio debido al COVID-19, el Parlamento anunció en conferencia de prensa la aprobación de la ley por insistencia, mientras que el mandatario no emitió ayer ningún pronunciamiento sobre este u otros temas.
ANUNCIO. La promulgación de la citada norma se produce un día después de que el Gobierno anunciara un Decreto de Urgencia para retirar hasta S/3000 de los fondos de los afiliados a las AFP.
Al promediar las 8:00 a.m., el presidente del Congreso, Manuel Merino de Lama (Acción Popular), resaltó que la autógrafa fue enviada al Ejecutivo el 6 de abril y que el plazo para observarla o promulgarla venció el miércoles 29.
“Cumplido el plazo no han emitido observación alguna y tampoco han publicado la ley, por ello, de conformidad con la Constitución, este Congreso va a proceder con su promulgación”, indicó.
Merino de Lama estuvo acompañado de los integrantes de la Mesa Directiva, además de cuatro voceros de las nueve bancadas: Daniel Urresti (Podemos Perú), Carmen Omonte (APP), María Teresa Céspedes (Frepap) y Lenin Checo (Frente Amplio).
Silencio. Desde que la ley fue enviada a Palacio de Gobierno, Vizcarra Cornejo tenía 15 días para hacer cualquier observación, sin embargo, guardó silencio.
Por ello, la ley fue enviada a la Casa de Pizarro con el objetivo de recibir una numeración y ser publicada en el diario oficial El Peruano.
De acuerdo al artículo 108 de la Constitución, una ley aprobada se envía al presidente para su promulgación dentro de un plazo de 15 días.
“En caso de no promulgación por el presidente de la República, la promulga el Presidente del Congreso o el de la Comisión Permanente, según corresponda”, señala.
Mientras que el artículo 80 del Reglamento del Congreso precisa que vencido el plazo de 15 días de no pronunciarse el presidente, es el titular del Parlamento quien tiene a su cargo la promulgación.
“La ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial (...)”, se lee en el texto.
Cabe precisar que existe un antecedente reciente. El 27 de marzo, la actual presidencia del Congreso a cargo de Merino de Lama, promulgó la Ley N° 31012, conocida como “Ley de protección policial”.
Esta fue aprobada por el Congreso disuelto a mediados del año 2019, posteriormente enviada al Ejecutivo, sin embargo nunca la observó ni promulgó, pero si criticó.
Cuando Merino llegó al Parlamento, sin debate alguno, promulgó la mencionada ley que ahora aparece en el diario oficial El Peruano.
Pedido. El primer vicepresidente del Congreso, Luis Valdez (APP), hizo un llamado al ministerio de Economía (MEF) y a las AFP, para ejecutar de manera inmediata y efectiva el desembolso de los recursos.
“Las familias del Perú necesitan recursos para poder pagar el alquiler de la casa, las pensiones de las escuelas o universidades de sus hijos y otras obligaciones, y no romper la cadena de pagos”, dijo.
Merino de Lama se refirió en otro momento al Decreto de Urgencia mencionado por el Ejecutivo para el retiro de S/3000, el que a la fecha no ha sido emitido.
“Esperemos que frente a esta promulgación que hace el Congreso, (el presidente) pueda tomar las medidas que sean pertinentes”, agregó.
Mientras que Guillermo Aliaga (Somos Perú), vicepresidente del Congreso, señaló que no podrían establecer algún tipo de confrontación porque no existe decreto publicado por parte del Gobierno para retirar hasta S/3000.
“Se le requiere a los distintos actores para que se pueda ejecutar de manera inmediata (el retiro de los fondos) de acuerdo en lo dispuesto en la propia norma”, sostuvo.
PERJUICIO. Luego de conocerse la promulgación de la ley, Mariano Álvarez, gerente general de AFP Hábitat, aseguró que la medida afectará a los afiliados, pues se generarán pérdidas.
“Esto va a generar una pérdida en el valor del fondo de cada uno de los afiliados, retiren o no retiren, porque el tamaño del retiro potencial es como de S/30 mil millones”, argumentó.
Explicó que ese dinero es cerca del 20% del fondo de S/165 mil millones aproximados.
“Convertir en líquido los instrumentos que tenemos en un momento de crisis mundial, es lo peor que podemos hacer”, resaltó.
Postura similar tuvo el gerente general de AFP Integra, Aldo Ferrini, quien dijo a Correo “que la promulgación y ejecución de la ley del Congreso demandará S/ 30 mil millones, monto que cuando se empiece a entregar, representará una perforación del 18% de los fondos de pensiones”.
En otro momento, explicó que tras la fuerte caída del valor de los fondos de pensiones por efecto del coronavirus en marzo de 2020, en abril ya se veía una recuperación.
“Por lo que estimamos que en mayo estaría llegando a los S/160 mil millones; es decir, con la ejecución de la ley se tendría que retirar S/30 mil millones, lo que representaría el 18%”, destacó.
DETALLES. La ley autoriza a los afiliados a la AFP el retiro del 25% de sus fondos hasta un tope de 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir S/12,900.
El 50% del dinero será entregado en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada su solicitud ante la AFP a la que pertenezca.
El 50% restante a los 30 días calendario contados a partir del primer desembolso.
La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) determinará el procedimiento operativo para el cumplimiento de la ley en un plazo que no excederá los 15 días calendario desde que se publique.
Todos los afiliados que deseen acogerse al beneficio, deberán solicitarlo en un plazo máximo de 60 días calendario de publicado el procedimiento operativo.
Cabe precisar que los afiliados que se acogieron al DU 34-2020, que aprobó el Poder Ejecutivo y autorizó el retiro excepcional de hasta S/2 000 de la cuenta individual de AFP, podrán acogerse a la norma, pero se descontará la suma recibida.
Por último, la ley no deroga, suspende o sustituye normas vigentes que establecen medidas relacionadas al retiro total o parcial de los fondos a cargo de las AFP.
Merino de Lama espera que el mandatario adopte las medidas pertinentes para su reglamentación. Representantes de administradoras Hábitat e Integra, aseguran que la norma afectará a los afiliados pues los fondos de pensiones se reducirán en S/30 mil millones
Aseguran que no se afectará la economía
Álvaro Bocanegra, experto en derecho tributario, señaló que el retiro del 25% por parte de los afiliados a las AFP, no afectará la economía del país.
“Si no hay consumo, lo que va a ocurrir es que los gobiernos locales tengan menos ingresos, no puedan pagar sueldos y hayan despidos”, sostuvo. El abogado aseguró que los peruanos “usarán el dinero para sobrevivir”.

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