Feriado largo 2026: Gobierno decreta viernes 2 de enero como día no laborable para el sector público. Composición: Diario Correo.
Feriado largo 2026: Gobierno decreta viernes 2 de enero como día no laborable para el sector público. Composición: Diario Correo.

El cierre de 2025 y el inicio de 2026 traen buenas noticias para quienes buscan aprovechar días de descanso adicionales. El Ejecutivo emitió el Decreto Supremo Nº 042-2025-PCM estableciendo que el viernes 2 de enero será un día no laborable para los trabajadores del sector público, sumando una jornada extra al feriado oficial de Año Nuevo.​

Dos periodos de descanso extendido

El calendario festivo contempla dos “puentes” significativos. El primero se concretó entre el 25 y 26 de diciembre, cuando la Navidad coincidió con el día no laborable decretado para el viernes inmediato posterior. Esta medida permitió a miles de empleados estatales disfrutar de un fin de semana largo.​

El segundo periodo arranca con el feriado del jueves 1 de enero por Año Nuevo y se prolonga hasta el domingo 4, gracias a la inclusión del viernes 2 como jornada no laborable. Esta configuración brinda la oportunidad de organizar viajes, reuniones familiares o simplemente descansar antes de retomar las actividades regulares.​

¿Quiénes son beneficiarios?

La disposición aplica directamente a los servidores del sector público, quienes recibirán su salario normal durante el viernes 2 de enero sin que esto implique un pago adicional o bonificación. La característica principal de este tipo de jornadas es que las horas no trabajadas deben ser compensadas posteriormente, siguiendo el calendario que cada institución determine para la recuperación.​

En cuanto al ámbito privado, la situación es diferente. Las empresas y sus empleados tienen la facultad de acordar voluntariamente si se acogen o no a esta medida. En caso de llegar a un consenso, ambas partes deben definir cómo y cuándo se compensarán las horas. Si no existe acuerdo, el viernes 2 de enero se mantiene como una jornada laboral ordinaria.​

Esta flexibilidad busca equilibrar las necesidades operativas de las organizaciones privadas con el interés de los trabajadores por extender su periodo de descanso. El decreto no impone la obligatoriedad en este sector, dejando espacio para la negociación interna según las particularidades de cada empresa.