La entidad señaló que las restricciones que limiten estos derechos pueden constituir cláusulas abusivas. Las empresas infractoras se exponen a multas de hasta 450 UIT.
La entidad señaló que las restricciones que limiten estos derechos pueden constituir cláusulas abusivas. Las empresas infractoras se exponen a multas de hasta 450 UIT.

En el marco de la campaña “Papá protege, nosotros también” y ante el incremento de compras por el Día del Padre, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó que las tiendas por departamento no pueden restringir el derecho de los consumidores a realizar cambios o devoluciones de productos adquiridos en ofertas, promociones u outlets.

La institución precisó que imponer este tipo de limitaciones podría constituir una cláusula abusiva, prohibida por el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Productos de outlets también tienen garantía

Según explicó Indecopi, no es válido informar a los clientes que los artículos comprados en outlets carecen de derecho a cambios o devoluciones.

Asimismo, tampoco pueden exigirse condiciones desproporcionadas para acceder a estos mecanismos, como mantener los productos completamente sellados, sin señales de uso o con todos sus empaques originales.

La entidad recordó que, si un producto presenta fallas, no cumple con las características ofrecidas o no resulta idóneo para el uso al que está destinado, el consumidor tiene derecho a exigir una solución, incluso si la compra se realizó durante una campaña promocional o con descuentos.

Consumidores pueden denunciar restricciones indebidas

El organismo indicó que las cláusulas que colocan al consumidor en una situación de desventaja injustificada son consideradas abusivas por la legislación vigente.

Ante estos casos, los usuarios pueden presentar denuncias ante Indecopi.

Como parte de las medidas correctivas, la institución puede ordenar la eliminación de dichas cláusulas y aplicar sanciones a las empresas infractoras.

Multas pueden llegar hasta 450 UIT

De acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor, las sanciones para los proveedores que incumplan estas disposiciones van desde una amonestación hasta multas de 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Indecopi exhortó a los consumidores a informarse sobre sus derechos y a reportar cualquier práctica que vulnere las normas de protección al consumidor.

Datos clave

  • Indecopi recordó que las tiendas no pueden prohibir cambios o devoluciones en productos comprados en outlets.
  • Estas restricciones pueden constituir cláusulas abusivas.
  • El derecho se mantiene incluso si la compra se realizó con descuentos o promociones.
  • Los consumidores pueden denunciar estas prácticas ante Indecopi.
  • Las sanciones para las empresas pueden llegar hasta las 450 UIT.
  • La advertencia se realizó en el marco de la campaña “Papá protege, nosotros también”.
Canal oficial de WhatsApp
📍 Noticias · Política · Mundo· Actualidad