El Reniec ya no adoptará esta medida excepcional en el marco del estado de emergencia por coronavirus. (Foto: Archivo GEC)
El Reniec ya no adoptará esta medida excepcional en el marco del estado de emergencia por coronavirus. (Foto: Archivo GEC)

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) dispuso que el Certificado de Inscripción C4 -documento que presentaban las personas que por algún motivo no contaban con su DNI en el estado de emergencia, ya sea porque lo perdieron o se lo robaron- ya no reemplazará al documento nacional de identidad.

De esta manera, la nueva disposición dada a conocer a través de Resolución Jefatural -publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano- señala regirá desde el viernes 14 de enero.

“Dejar sin efecto la Resolución Jefatural , por la cual se prorrogó excepcionalmente, en tanto dure el estado de emergencia, la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar, a fin de viabilizar el acceso a los servicios y bienes esenciales regulados en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM”, señala la norma.

El certificado de Inscripción C4 era un documento que el Reniec puso a disposición en el 2020 para los ciudadanos que no contaban con su DNI en el estado de emergencia nacional. El C4 contaba con toda la información del DNI de la persona que lo solicita.

Vigencia del DNI vencido o por caducar se mantiene

Asimismo, como es público, en diciembre pasado, el Reniec (a través de la ) informó que los DNI caducos o estén por caducar mantendrán su vigencia, excepcionalmente, hasta el 31 de marzo de 2022 debido a las acciones tomadas por una tercera ola del coronavirus en el país.

Respecto a ello, la entidad precisó que la ampliación de la vigencia de los documentos citados responderá a la situación epidemiológica del país.

La ampliación de la vigencia del DNI caduco por caducar busca evitar aglomeraciones en las agencias y reducir así las probabilidades de contagio de la nueva variante ómicron. Con estas ampliaciones de de vigencia de los DNI vencidos, los ciudadanos no han tenido dificultades al llevar a cabo actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y en general.

La prórroga de la vigencia fue adoptada en otras ocasiones a lo largo del 2020 y 2021. En aquel momento, la entidad detalló que la extensión era necesaria ante la reducción de la capacidad operativa de atención en sus oficinas debido a las medidas de bioseguridad implementadas por el Gobierno a fin de reducir los contagios del coronavirus (COVID-19) entre el público y los trabajadores.

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