Retiro de AFP. (Foto: Andina/Carla Patiño Ramírez)
Retiro de AFP. (Foto: Andina/Carla Patiño Ramírez)

La jefa de la Oficina del Registro Nacional Judicial (Renaju), Vicky Távara Cavero, explicó que por medio de una demanda de alimentos se podrá retener el 30% del desembolso del retiro de la AFP, un favor de los hijos cuyos gastos no son cubiertos por el progenitor.

Precisó que con un mandato judicial o un acuerdo de las partes involucradas, el demandante podrá disponer del dinero que representa el 30% de los 20 600 soles; es decir, las cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) de los fondos del AFP o lo que le corresponde por este concepto.

En ese punto, la letrada agregaba que el mandato judicial se debe acatar así el demandante se niega a retirar el monto. “Si el juez lo dispone en su sentencia, así (el demandante) no retire el monto dispuesto por el Congreso, el 30% de esa suma será retenido para cubrir la deuda alimentaria”, aseveró Távara Cavero.

La jefa del Renaju explicó que esta medida tiene como objetivo proteger los derechos del menor.

Al respecto, la funcionaria resaltó la reciente ley que modifica el Código Procesal Civil, el cual permite al juez de familia tener acceso a información en línea sobre la capacidad económica de los demandados y extraer en tiempo real la información sobre su centro de trabajo, remuneración, gratificación, vacaciones y otros ingresos.

“Esta modificatoria permitirá que los procesos sean más rápidos. Como saben, son procesos de alimentos que permiten salvar los derechos primordiales del menor. Por lo tanto, esta medida permitirá al juez tener información en línea, en tiempo real, de los bienes que tenga el demandante en la Sunarp, como cuánto gana o si le corresponde gratificación, mediante el Ministerio de Trabajo. Esa es la importancia”, dijo.

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