La Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu) explicó en su programa “Sunedu En Vivo” (Facebook Live), la Ley de Bachillerato Automático, emitida por el Congreso de la República el 2 de mayo del presente año.
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BACHILLERATO AUTOMÁTICO
La Ley Universitaria 30220 exige para la obtención del bachiller haber aprobado el plan de estudios, la aprobación de un trabajo de investigación y el conocimiento de un idioma extranjero, de preferencia inglés o lengua nativa.
Sin embargo, con la aprobación de la Ley 31383, Ley de Bachillerato Automático, se incorporó una disposición temporal para que los estudiantes universitarios que hayan concluido el pregrado durante los años 2020 y 2021, puedan acceder al grado de bachiller sin necesidad de presentar el trabajo de investigación y de cumplir con el requisito del idioma extranjero.
En esa línea, María Aguayo, representante de la Dirección de Grados y Títulos de la Sunedu explica que la institución se encuentra supervisando la aplicación de la norma, pero que a su vez no tiene la competencia para ampliarla, una de las principales interrogantes de los estudiantes. “Nosotros como institución venimos orientando a los estudiantes y las universidades, difundiendo la norma vigente y enfatizando que es de carácter excepcional.”
En referencia a si el bachillerato automático puede aplicarse para alumnos cuyo ciclo 2021-2 culmine con retrasos en el 2022, la representante señaló que el término del ciclo académico (la fecha) debe darse dentro de los años que menciona la norma y no posteriormente.
Asimismo, si ocurriesen demoras en los trámites ante la universidad, la norma establece que se puede acceder al bachillerato automático al tener la condición de egresado durante esos años, independientemente de los trámites o entrega de constancias.
Ante las consultas, la representante de Sunedu precisó: “Nosotros verificamos la trayectoria académica del estudiante, revisando la fecha de egreso que declara la universidad. Tenemos mecanismos para identificar que la universidad aplique la norma adecuadamente”.
IDIOMA EXTRANJERO
Si bien la norma exonera el cumplimiento del idioma extranjero y de la presentación de un trabajo de investigación, cada universidad tiene establecidos costos administrativos para el bachiller, por certificados, entre otros. La norma exonera las condiciones, mas no los costos administrativos.
Sobre una posible ampliación, la especialista aclara: “Por ser una propuesta legislativa, SUNEDU no tiene competencia para extender la aplicación del bachillerato automático, depende del Congreso. La SUNEDU actualmente vela únicamente por su cumplimiento.”