Esta vez, el recurso de hábeas corpus fue presentado por el ciudadano Enrique Bernal Solano en favor del condenado por el “Andahuaylazo”, quien dijo que condenado solo hizo uso de “su derecho a la insurgencia”. (Foto: Archivo GEC)
Esta vez, el recurso de hábeas corpus fue presentado por el ciudadano Enrique Bernal Solano en favor del condenado por el “Andahuaylazo”, quien dijo que condenado solo hizo uso de “su derecho a la insurgencia”. (Foto: Archivo GEC)

El Tribunal Constitucional declaró improcedente el recurso de hábeas corpus presentado por el ciudadano Enrique Bernal Solano en favor de la libertad de , quien purga prisión por el Andahuaylazo.

La resolución contó con los votos de los magistrados Marianella Ledesma (presidenta del TC); Manuel Miranda y Eloy Espinosa-Saldaña.

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Bernal Solano -quien se identificó como presidente de la Coordinadora Nacional Anticorrupción del Perú (Conan Perú)- solicitó la libertad de Humala Tasso porque -según dijo- “no ha cometido los delitos por los que fue condenado, sino que hizo uso de su derecho de insurgencia”.

“Pese a ello, el favorecido sigue recluido en un establecimiento penitenciario lo que pone en alto riesgo su vida por la enfermedad de la COVID-19. Añade que el favorecido cumple los supuestos previstos en el Decreto Legislativo 1513, que establece las disposiciones de carácter excepcional para el deshacinamiento de establecimientos penitenciarios y centros juveniles por riesgo de contagio de la COVID-19″, señala la resolución del TC, que adjunta los argumentos del demandante.

Sin embargo, los magistrados argumentaron que lo que pretende Enrique Bernal Solano pretende cuestionar los hechos imputados y revalorar las pruebas por las que fue condenado a 25 años de prisión, en 2009. Dos años después, la Corte Suprema redujo la pena a 19 años.

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“Este Tribunal ha señalado de manera constante y reiterada que la subsunción de los hechos, la valoración de las pruebas y su suficiencia en el proceso penal, así como la determinación de la responsabilidad penal son competencias asignadas a la judicatura ordinaria”, señala la resolución.

Sobre el estado de salud de Antauro Humala, la resolución señala que, según un informe médico del 2 de noviembre del 2020 “clínicamente estable COVID recuperado; sin que en el caso de autos se haya presentado algún documento que acredite que el referido estado de salud del favorecido haya variado”.

Antauro Humala cumple prisión por el asesinato de cuatro policías durante el levantamiento en 2005 en Andahuaylas, Apurímac, en el gobierno de Alejandro Toledo.

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