El Poder Judicial dictó, en primera instancia, la sentencia contra el periodista Christopher Acosta por la publicación del libro ‘Plata como cancha’ ante la denuncia presentada por el excandidato presidencial de Alianza Para el Progreso (APP), César Acuña. En ella se condenó con dos años de cárcel suspendida y un pago de reparación civil de 400 mil soles.
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El juez Raúl Jesús Vega, del 30° Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima, incluyó en su resolución una evaluación de cada una de las 55 frases que Acuña Peralta consideró que eran agraviantes en su contra en el libro publicado en febrero del 2021.
Entre varias de las frases, el magistrado consideró que sí se había afectado el derecho al honor y la buena imagen del dirigente de APP.
“Emerge razonablemente que se han atribuido hechos al querellante (César Acuña) que resultan lesivos a su honor y reputación que no se pueden soslayar con el so pretexto de la libertad de expresión. Por eso que las frases agraviantes en el libro han traspasado el límite del derecho alegado atentando el honor de alegante”, leyó la secretaria del despacho del juez Vega.
En la sentencia también se incluyó al editor del libro del periodista, Jerónimo Pimentel y la casa editora Penguin Random House. Sobre ellos, el juez estableció que les corresponde pagar la reparación civil en forma solidaria con Christopher Acosta que asciende a 400 mil soles.
La sentencia absolvió a Acosta Alfaro y Jerónimo Pimentel por algunas de las frases denunciadas por Acuña, pero sí le dio la razón al excandidato presidencial en la mayoría de ellas, por lo que impuso dos años de pena privativa de la libertad con ejecución suspendida por un año bajo reglas de conducta.
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Al final de la resolución, el abogado de Christopher Acosta y de Jerónimo Pimentel confirmaron que presentarán recurso de apelación para que sea evaluado en una segunda instancia, tanto la condena penal como la reparación civil.
La lectura de la sentencia se hizo luego que el abogado de César Acuña pidiera al magistrado que la audiencia fuera privada y que no sea trasmitida en el canal Justicia TV, tal y como lo solicitaron organizaciones como el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS).
“Consideramos y solicitamos a este juzgado que se deje sin efecto la disposición de la que no fuimos notificados para que participe Justicia TV y que esta audiencia sea pública”, precisó el representante legal de Acuña Peralta.
Tras este pedido, el juez a cargo del caso dijo que tomarían en cuenta el planteamiento y luego dispuso que comience la lectura de la resolución, mientras continuó la trasmisión pública de la sesión por el canal Justicia TV.
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