Chifagate: Congresista Montalvo pide a MML información sobre clausura de local de empresario chino. Composición: Diario Correo.
Chifagate: Congresista Montalvo pide a MML información sobre clausura de local de empresario chino. Composición: Diario Correo.

El congresista Segundo Montalvo, quien impulsa la vacancia del presidente José Jerí por el caso ‘Chifagate’, envió un oficio a la Municipalidad de Lima solicitando información detallada sobre la clausura del local Market Capon, propiedad del empresario chino Zhihua Yang, con quien el mandatario se reunió en dos ocasiones de manera extraoficial.

Mediante el documento fechado el 19 de enero de 2026, el legislador dirigió su pedido a Mariella Falla Chaname, gerente de Fiscalización y Control de la comuna limeña, exigiendo información sobre si el propietario del establecimiento ya subsanó las observaciones que motivaron la sanción.

Solicita acta de infracción

El documento presentado por Montalvo, quien preside la Comisión de Educación del Parlamento, solicita copia fedateada del Acta de Infracción Municipal emitida el pasado 6 de enero de 2026 contra el local comercial Market Capon, ubicado en el Jirón Paruro 763, Cercado de Lima.

“Solicito se sirva remitir a mi despacho congresal copia fedateada del documento: Cod Infracción: A.C.T N° 0002015-2026 de fecha 06 de enero de 2026, infracción al local comercial denominado MARKET CAPON”, señala el oficio.

Asimismo, el congresista pidió que se le informe la fecha exacta en que el propietario subsanó las observaciones consignadas en el acta de infracción municipal.

¿Por qué solicitó esta información?

Como se recuerda, el presidente Jerí fue captado por las cámaras de seguridad de Market Capón al interior de sus instalaciones portando gafas oscuras. Su visita coincide con la fecha de clausura del local por lo que genera graves cuestionamientos sobre la naturaleza de sus reuniones con Zhihua Yang y un escenario de posible tráfico de influencias.

En esa línea, Montalvo fundamentó su solicitud en el Artículo 96 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad de los congresistas para solicitar información a entidades públicas, así como en el Artículo 18, inciso b) y el Artículo 87 del Reglamento del Congreso de la República, que regulan la función a tiempo completo de los parlamentarios.