El proyecto de APP refiere que con esta medida se evitará “posibles conflictos entre la población y opinión pública” contra las decisiones del presidente de la República al reducir los motivos que pueden cuestionar a los funcionarios que él considere pueden ocupar los altos cargos. (Foto: GEC)
El proyecto de APP refiere que con esta medida se evitará “posibles conflictos entre la población y opinión pública” contra las decisiones del presidente de la República al reducir los motivos que pueden cuestionar a los funcionarios que él considere pueden ocupar los altos cargos. (Foto: GEC)

La presentó un proyecto de ley que plantea que los condenados por delitos de terrorismo, corrupción de funcionarios, violación, tráfico de drogas y organización criminal no sean designados como altos funcionarios.

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Se trata de la , presentada a iniciativa de Magaly Ruiz Rodríguez y que propone modificar la Ley 27594, referida a la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos.

De este modo, se plantea incorporar el numeral 13 al artículo 1 de la Ley N° 27594, cuya redacción quedaría en los siguientes términos:

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“13) Los nombramientos y designaciones referidos en este artículo, no podrán ser ordenados a favor de quienes hayan sido condenados a pena privativa de la libertad efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por delitos de terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, corrupción de funcionarios, violación de la libertad sexual u organización criminal. La rehabilitación, la amnistía o el indulto, no los habilita para ser nombrados o designados. De la misma, para el nombramiento o designación del alto funcionario, el Presidente de la República deberá observar los artículos 6º y 7º de la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública”.

En la exposición de motivos se señala que con esta medida “se garantiza una verdadera representación de la sociedad por sus funcionarios, así como aquellos en (sic) pretendan en un futuro aspirar a estos cargos, tendrán que llevar una conducta alejada de todo hecho que pueda involucrarlos en tales delitos”.

No obstante, precisa que el límite a los nombramientos y designaciones “no es absoluto”, ya que si bien quienes incurran en las causales mencionadas no pueden acceder a un alto cargo público, sí lo puede hacer a otro de menor jerarquía conforme a ley.

Finalmente, refiere que con esta medida se evitará “posibles conflictos entre la población y opinión pública” contra las decisiones del presidente de la República al reducir los motivos que pueden cuestionar a los funcionarios que él considere pueden ocupar los altos cargos.

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