La Comisión Permanente del Congreso de Perú aprobó un dictamen que dispone el carácter permanente del licenciamiento otorgado por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) a las universidades públicas y privadas.

El dictamen aprobado modifica dos artículos de la Ley Universitaria, estableciendo que el licenciamiento otorgado por la Sunedu será permanente siempre que las universidades demuestren el cumplimiento continuo de las condiciones básicas de calidad. Para ello, las universidades estarán sujetas a evaluaciones periódicas inopinadas y auditorías públicas cada tres años.

El texto también incorpora un sistema de alerta temprana para detectar posibles incumplimientos o desviaciones en las universidades, así como la presentación de un informe anual de cumplimiento por parte de las mismas, detallando el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad y el uso de los recursos públicos.

Un aspecto importante del dictamen es la disposición que permite que la modalidad educativa a distancia o no presencial comprenda hasta el 100% de los créditos académicos.

Para garantizar la calidad de la educación a distancia, el dictamen establece que esta modalidad debe caracterizarse por la interacción entre estudiantes y docentes, facilitada por medios tecnológicos que promuevan el aprendizaje autónomo.

Además, se establece que las universidades deben utilizar tecnologías de información y comunicación (TIC) certificadas, excepto para las carreras y especialidades que requieran la realización de experimentos y prácticas presenciales.

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