La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso tiene en agenda debatir un proyecto de ley multipartidario que plantea restringir los cambios constitucionales vía referéndum. La iniciativa plantea modificar los artículos 40 y 44 de la ley 26300, la cual regula el derecho a la participación ciudadana en política.
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Actualmente la mencionada norma solo indica que no se puede someter a referéndum la supresión o disminución de derechos fundamentales, las normas de carácter tributario ni los tratados internacionales.
El proyecto propone que entre las restricciones para la aplicación de referéndum figure también “las materias y normas que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política”.
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Además, establece que entre las autoridades competentes para la convocatoria del referéndum se reglamente que, en los casos en los que se trate de consultas sobre la modificación de la Constitución, sea el Congreso quien el que lo disponga, de conformidad con el artículo 206 de la Carta Magna.
Durante la sesión del grupo de trabajo, llevado a cabo la mañana de este martes, se inició el debate con relación a esta iniciativa, sin embargo, se decidió que se reanude en la siguiente reunión de la Comisión, en atención a que, en paralelo, se venía desarrollando la sesión del pleno del Parlamento en la que se definía el presupuesto para el año 2022.
“Vamos a tomar la decisión de que, en vista de que hemos debatido el dictamen, creemos que es un tema muy importante. Cualquiera que haya leído la Constitución sabe que el mecanismo para su modificación es el del artículo 206. Dar una interpretación extensiva, es un despropósito. Pero considerando que muchos legisladores han dicho que este tema es importante, consideramos que debemos seguir debatiendo en una siguiente sesión y tomar la decisión en una siguiente sesión”, dijo al término de la reunión la titular del grupo de trabajo, Patricia Juárez.
¿Qué dice el artículo 206 de la Constitución?
El artículo 206 de la Constitución dice que toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum.
Precisa, sin embargo, que puede omitirse el referéndum cuando el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de congresistas.
Voces en contra
Mediante sus redes sociales, legisladores de Perú Libre como María Agüero y Margot Palacios señalaron que se trata de una norma ilegal pues priva a la población de acceder a su derecho al referéndum.