La bancada de Perú Libre, a iniciativa del congresista Segundo Quiroz Barboza, presentó un proyecto de ley que plantea modificar una serie de artículos de la Constitución Política referidos a la vacancia presidencial, cuestión de confianza y censura de ministros.
Se trata de la iniciativa legislativa 1364/2021_CR que plantea fortalecer la confianza y generar un equilibrio entre el Ejecutivo y el Legislativo, con el propósito de lograr la gobernabilidad en el país.
El proyecto propone modificar el inciso 2 del artículo 113, el inciso 1 del artículo 114 y los artículos 130, 132 y 133 de la Constitución Política del Perú.
El artículo 113 está referido a la vacancia presidencial. La modificatoria al inciso 2 señala que podrá ser vacado por permanente incapacidad “física, psicológica o mental que imposibilite el ejercicio adecuado y/o idóneo de su función”. Es decir, suprime la figura de la incapacidad moral.
Asimismo, para la suspensión del ejercicio de la Presidencia, la condición de permanente incapacidad deberá estar debidamente comprobada y acreditada por una junta médica. Además, será declarada por los dos tercios a más del número total de congresistas habilitados.
Respecto al artículo 130, se suprime la figura del voto de confianza, la cual solicita el presidente del Consejo de Ministros cuando concurre, junto a su Gabinete, al Congreso para exponer y debatir la política general de gobierno.
Además, se introducen cambios al artículo 132 en cuanto a la censura de los ministros, para que sea presentada por no menos del 30 % del número legal de congresistas y ya no del 25 %, como es en la actualidad.
“La moción de censura debe ser por cuestiones, razones que se relacionen directamente con el adecuado y/o idóneo ejercicio de cargo”, indica la propuesta, que precisa que ante la renuncia del presidente del Consejo de Ministros, los demás ministros están obligados a renunciar.
La misma situación de renuncia total se presentará si el Congreso le negara la confianza al jefe del Gabinete, si es censurado o es removido por el presidente de la República.
“No podrá ser ratificado ningún ministro del consejo precedente, salvo que de la evaluación de su trabajo realizado el Presidente de la República considere su continuidad. No se encuentra inmerso en esta excepción el cargo de presidente del Consejo de Ministros”, indica el documento.
Finalmente, el proyecto refiere que la cuestión de confianza será planteada solamente en asuntos vinculados con la política general de gobierno, la iniciativa legislativa ordinaria del Poder Ejecutivo y la permanencia de los ministros de Estado.