En nuestro país los casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar se han incrementado más aún en el estado de emergencia por el COVID-19. (Foto: EFE)
En nuestro país los casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar se han incrementado más aún en el estado de emergencia por el COVID-19. (Foto: EFE)

La bancada de Perú Democrático, a iniciativa de la congresista Betssy Chávez, presentó un proyecto de ley que establece impedimentos para el acceso a cargos como altos funcionarios del Estado a sentenciados por delitos vinculados a la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.

Se trata de la , que señala que están impedidas de acceder a altos cargos en el Estado aquellas personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia.

Se determina como altos funcionarios del Estado para la presente ley lo siguiente:

  • Ministros de Estado.
  • Viceministros de Estado.
  • Directores, Secretarios Generales y asesores de los Ministerios y Viceministerios.
  • Procurador General del Estado.
  • Miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
  • Jefe Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
  • Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
  • Miembros del Directorio y Gerente General de Petroperú.
  • Miembros del Directorio y Gerente General de Perupetro.
  • Superintendente Nacional de la Sunat.
  • Superintendente Nacional de Aduanas.
  • Miembros de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia.
  • Miembros de la Junta de Fiscales Supremos.
  • Miembros del Directorio del Banco Central de Reserva del Perú.
  • Gerentes del Banco Central de Reserva del Perú.
  • Superintendente de la Banca, Seguros y AFP.
  • Defensor del Pueblo.
  • Contralor General de la República.
  • Magistrados del Tribunal Constitucional.
  • Miembros de la Junta Nacional de Justicia.
  • Otros funcionarios contratados bajo el régimen de Personal Altamente Calificado (PAC).

El documento también plantea incorporar un párrafo al artículo 42, que crea el Registro Único de Víctimas y Agresores (RUVA) y el Registro Nacional de Condenas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

En la exposición de motivos se detalla que en nuestro país los casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar se han incrementado más aún en el estado de emergencia. Según, el Ministerio Público, en el contexto de COVID-19 ha recibido 3603 denuncias contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.

“La violencia contra la mujer afecta en algunos casos su autoestima, su desempeño laboral y su proyecto de vida. Es por ello, la presente iniciativa pretende reducir la violencia contra la mujer y establece el impedimento al acceso a cargos como altos funcionarios del Estado a sentenciados en primera instancia por delitos vinculados a hechos que constituyen actos de violencia contra la mujer y los integrantes de grupo familiar, con el fin de garantizar la idoneidad de la función pública”, subraya.

Finalmente, el proyecto enfatiza que la idoneidad en un principio que el código de ética de la función pública señala como la actitud técnica, legal y moral, y es condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública.

“El servidor público debe propender a una formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones”, manifestó.