El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) remitirá al Congreso de la República un proyecto de ley mediante el cual se introducen disposiciones transitorias que fortalecen las elecciones internas de las organizaciones políticas para elegir candidatos que participarán en las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
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Así, mediante un acuerdo del colegiado electoral, del 27 de octubre, se aprobó, por mayoría, la propuesta legislativa que plantea que los comicios internos en las agrupaciones políticas se realicen por voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados, para propiciar la mayor participación de los integrantes de las organizaciones.
La iniciativa también contempla que los partidos políticos, movimientos regionales y alianzas electorales requieren alcanzar, como mínimo, el 10% de participación de los afiliados en dichos comicios para poder presentar candidatos en las elecciones del próximo año.
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En caso de cumplir este requisito, las agrupaciones políticas no podrán presentarse en los comicios regionales y municipales, y, además, perderán su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).
De esta manera, se introduce la novena y décima disposición transitoria en la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, las cuales podrán ser aplicadas en caso el Parlamento opte por suspender las primarias que prevé la norma para las elecciones regionales y municipales, lo que finalmente sucedió.
El acuerdo fue publicado minutos después que el Congreso de la República aprobara suspender las primarias para las Elecciones Regionales y Municipales del 2022. También votó por separado dos disposiciones transitorias.
La cuarta disposición del artículo 2 establecía la no aplicación de las elecciones primarias en los comicios del próximo año, tal como ocurrió este año, “debiendo reactivarse su vigencia luego de la conclusión de esta última”.
En la primera votación, alcanzó 64 votos a favor (se requerían 66), 40 en contra y seis abstenciones. Tras un pedido de reconsideración, obtuvo 72 a favor, 38 en contra y 4 abstenciones.
En tanto, la onceava disposición transitoria del artículo 3 proponía suspender, por esta vez, que los partidos tengan el mínimo de afiliados y de comités exigidos, y que tengan que participar en un número mínimo de jurisdicciones. No alcanzó los votos necesarios ni en la primera votación (58 a favor, 48 en contra y 4 abstenciones), ni en la reconsideración (63 a favor, 48 en contra y 3 abstenciones).
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