La vigencia de la medida aprobada por el Pleno del JNE abarca desde la fecha de dicho acuerdo hasta la culminación del proceso electoral. (Foto: GEC)
La vigencia de la medida aprobada por el Pleno del JNE abarca desde la fecha de dicho acuerdo hasta la culminación del proceso electoral. (Foto: GEC)

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), presidido por Jorge Luis Salas Arenas, se declaró en sesión virtual permanente para resolver con celeridad y eficacia los expedientes que se deriven de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

De esta manera, mediante el Acuerdo del 24 de enero, el colegiado habilitó los sábados, domingos y feriados para la programación y realización de audiencias públicas, sesiones deliberativas, notificaciones, entre otras actuaciones procesales, con la debida observancia de las disposiciones sanitarias.

La vigencia de la medida abarca desde la fecha de dicho acuerdo hasta la culminación del proceso electoral.

Cabe recordar que al Pleno del JNE le compete impartir justicia electoral durante los comicios, en última y definitiva instancia, respecto a casos que son elevados en apelación de los Jurados Electorales Especiales (JEE), el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Así, se pronuncia en torno a causas relativas a publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, dádivas, inscripción de candidatos, tachas, actas observadas, pedidos de nulidad, entre otras.

Otros expedientes

El acuerdo del máximo tribunal electoral también señala que la disposición adoptada es extensiva a la tramitación de expedientes de otras materias distintas a las relacionadas al proceso electoral, a fin de ofrecer un mejor servicio a la ciudadanía.

Con dicho propósito, flexibilizó el reglamento de audiencias públicas que circunscribe la actuación jurisdiccional a días y horas hábiles, precisando que resulta necesario habilitar, excepcionalmente, los sábados, domingos y feriados para la programación y realización de audiencias de tales causas.

Entre estos otros expedientes, se encuentran los relacionados a vacancias y suspensiones de autoridades regionales y municipales elegidas por sufragio popular, los cuales son resueltos en primera instancia en estas instituciones y, mediante apelación, por el Pleno del JNE.

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