El ministro de Justicia, Félix Chero, se manifestó sobre la carta del presidente del Congreso, José Williams (Avanza País), sobre el planteamiento de cuestión de confianza que anunció el primer ministro, Aníbal Torres.
El integrante del gabinete ministerial aseveró que lo correcto es que el Parlamento discuta la cuestión de confianza en una sesión plenaria. Además, recordó que el Ejecutivo tiene prerrogativas constitucionales.
“El Ejecutivo tiene prerrogativas que están establecidas en el artículo 133 y 134 de la Constitución. El Legislativo tiene su propia dinámica de trabajo y ha señalado que no es atendible cuando institucionalmente no es el procedimiento correcto. Seguro el Ejecutivo en las próximas horas tendrá que tomar una decisión porque lo correcto es que toda cuestión de confianza se tiene que discutir en el pleno del Congreso”, expresó en diálogo con Canal N.
“En el orden constitucional, las normas tienen rangos y un reglamento no puede estar por encima de la constitución y lo que han hecho es resolver a la luz de un reglamento que es infra constitucional, de tal forma que es un tema técnico que se tendrá que discutir”, añadió.
Asimismo, Chero Medina descartó que desde el Gobierno estén buscando cerrar al Congreso y señaló que es solo una idea que tienen los parlamentarios cuando se presentan estas situaciones.
“Yo he señalado muchas veces que el término ‘cerrar el Congreso’ constitucionalmente no existe, solo se puede disolver el Congreso cuando no se han otorgado dos cuestiones de confianza simultáneas”, dijo.
Aníbal Torres insiste
Tras estas declaraciones, el jefe del gabinete ministerial remitió una carta al titular al Parlamento, donde insiste en su pedido para acudir y presentar una cuestión de confianza en la primera sesión del pleno que se lleve a cabo en los próximos días, en respuesta al rechazo de su primer oficio sobre este tema.
“En atención al documento de la referencia, en aras del respeto al Estado Constitucional de Derecho, la institucionalidad democrática y la separación de poderes, cualquier decisión respecto a una cuestión de confianza solo procede una vez que esta haya sido presentada y sustentada ante el Pleno del Congreso, conforme al articulo 133° de la Constitución y el artículo 86º, inciso c), del Reglamento del Congreso”, se lee en el documento.
“En ese sentido, reiteramos la solicitud de presentar la cuestión de confianza en la primera sesión del Pleno que se convoque”, agregó Torres Vásquez.