Con esta decisión judicial, al culminar la investigación, la fiscalía puede solicitar la disolución o suspensión de Fuerza Popular. (Foto: Jesús Saucedo / GEC)
Con esta decisión judicial, al culminar la investigación, la fiscalía puede solicitar la disolución o suspensión de Fuerza Popular. (Foto: Jesús Saucedo / GEC)

El confirmó este viernes la resolución que ordena la incorporación como persona jurídica del partido político a la investigación por lavado de activos que se le sigue a .

El fallo de la la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado declaró infundada la apelación interpuesta por la defensa técnica de la referida agrupación política en contra la resolución del 21 de noviembre del 2019 en la que se le incluye en el proceso por presuntos aportes ilícitos a campañas electorales.

La resolución apelada contiene los fundamentos esenciales que justifican la incorporación de Fuerza Popular al proceso penal y que a su vez permitirán a esta persona jurídica ejercer su derecho de defensa dentro del proceso, consiguiente a lo cual debe confirmarse la resolución apelada”, se lee en la resolución.

Cabe destacar que, con esta decisión judicial, al culminar la investigación, la fiscalía puede solicitar la disolución o suspensión del partido político.

Como se recuerda, en noviembre del 2019 el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado aceptó el pedido del fiscal , del equipo especial Lava Jato, para que Fuerza Popular sea incluida en el proceso contra Keiko Fujimori.

Según la tesis del fiscal, la agrupación política ‘se instrumentalizó para satisfacer los fines delictivos de la organización criminal’ al presuntamente recepcionar aportes irregulares de campaña.