Nuevamente, el dirimirá una disputa entre el y el en torno a la legalidad o no de una norma. El plazo de la resolución de esta nueva disputa puede llegar a los cuatro meses, de acuerdo al procedimiento para estos casos y a lo que dijo recientemente el magistrado del TC, , al ser consultado sobre el tema.

MIRA ESTO: Dina Boluarte: “Este Congreso quedará en la historia como el que le dio la espalda al pueblo”

Ayer, a las 7 y 33 de la mañana, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) publicó en sus redes sociales un comunicado, rechazando la ley que refuerza los límites para la convocatoria de un referéndum sobre reformas constitucionales, aprobada el último viernes por insistencia en el Legislativo.

Además, confirmó la estrategia delineada por el presidente Pedro Castillo en la entrevista que concedió al periodista César Hildebrandt: acudir al TC para que este organismo declare la inconstitucionalidad de la norma en cuestión.

“El Poder Ejecutivo presentará una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, pues consideramos que la referida norma vulnera el derecho fundamental de participación política directa de la ciudadanía, reconocido en el artículo 31 de la Constitución y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al restringir arbitrariamente la realización de referéndum y condicionar que la consulta popular sea aprobada previamente por el Congreso, lo cual sería abiertamente inconstitucional”, señala el pronunciamiento.

Además, indica que la norma aprobada por insistencia vulnera principios constitucionales como el balance de poderes y la democracia.

“El referéndum es la expresión máxima del principio democrático, pues constituye un pronunciamiento del pueblo, que es titular del poder constituyente, tal como establece el artículo 45 de la Constitución”, subrayó el comunicado.

La norma aprobada por el Congreso establece en el artículo 40 de la Ley 26300 (Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano) que no se podrá someter a referéndum modificaciones constitucionales que no se tramiten de acuerdo al artículo 206 de la Constitución. Este artículo indica que toda reforma constitucional debe ser aprobada, primero, por el Parlamento.

TE PUEDE INTERESAR: TC verá demanda presentada por Ejecutivo sobre cuestión de confianza el miércoles 26 de enero

MÁS. Por su parte, la bancada Perú Libre también mostró su rechazo hacia la citada norma, al calificarla de “antidemocrática” y que “atropella los derechos del ciudadano”.

“Esta actitud política es autoritaria y comprueba el desprecio que tienen los grupos de derecha por voluntad del pueblo, ya que está la ley No 644 atropella los derechos ciudadanos e impide decidir el cambio de constitución por medio de un referéndum”, anota el comunicado.

El fundador de Perú Libre, Vladimir Cerrón, dijo en su cuenta twitter que la votación de ayer en el Congreso “es un golpe parlamentario con 77 votos, expresa dictadura, es expresión oligárquica de quienes no asimilan que la democracia debe ser representativa, participativa y protagónica”.

Cerrón culpó a la izquierda por “no conducir el proceso” del referéndum y “debe retomarse la tarea con más fuerza”.

Por su parte, el congresista Guido Bellido sostuvo que “la derecha empresarial cree ilusamente que con 77 votos van a callar a los Pueblos postergados del Perú. La verdad se abrirá paso sola. La nueva Constitución de todas las sangres tarde o temprano será una realidad popular, no por votos, sino por necesidad inexorable histórica”.

En tanto, el legislador de Perú Democrático, Guillermo Bermejo, también se pronunció en el mismo sentido. “La derecha congresal aprobó por insistencia, mutilar el derecho a Referéndum por la Asamblea Constituyente. Ya serán instancias constitucionales las que pongan freno al abuso. Hay que decirlo: el planillon de recojo de firmas no se afectará por no ser retroactiva esta ley”,indicó.

Waldemar Cerrón, vocero de la bancada oficialista, aseguró que seguirán “en las calles que es de donde sigue en pie de lucha el cambio de Constitución”.

CRÍTICAS. En diálogo con Correo, el vocero de Alianza para el Progreso, Eduardo Salhuana, indicó que el Ejecutivo, en vez de presentar una demanda de inconstitucionalidad contra la citada norma, “debería dedicarse a gobernar, el presidente y los ministros a tomar las decisiones más convenientes para el país”.

“El gobierno debe pensar en el momento actual, que les ha dado la vida de conducir el destino de 30 millones de peruanos y están dilapidando sus esfuerzos en una Asamblea Constituyente, que es una propuesta política que no les lleva a ninguna parte. Si el Congreso no hubiera aprobado la norma por insistencia, continuaría siendo un problema para este gobierno: fuente de inestabilidad y de confrontación”, dijo el congresista a este diario.

Eduardo Salhuana se mostró a favor de realizar cambios en “carteras clave” como el Ministerio de Energía y Minas, además del Ministerio de Educación. (Foto: El Comercio)
Eduardo Salhuana se mostró a favor de realizar cambios en “carteras clave” como el Ministerio de Energía y Minas, además del Ministerio de Educación. (Foto: El Comercio)

Salhuana negó que la norma aprobada recorte ningún derecho ciudadano, como señala el Gobierno. “Lo único que establece la ley es precisar lo que ya estaba contemplado en la Constitución y en la ley de Participación Ciudadana. El modelo político de 1993 no establece ninguna posibilidad de modificar parcial o total la Constitución, fuera del Congreso. El esquema es todo dentro del Congreso, nada fuera de él. La figura del referéndum existe dentro de la Constitución pero para aprobar o desaprobar la reforma total o parcial que se ha producido en el Congreso”, añadió.

Calificó que la Asamblea Constituyente persigue un modelo seguido en Venezuela o Nicaragua, causando una grave afectación al desarrollo del país.

CIERRE. El magistrado del Tribunal Constitucional, Eloy Espinosa-Saldaña, indicó que la discusión jurídica culmina en dicho organismo, al referirse sobre la demanda de inconstitucionalidad del Ejecutivo por la autógrafa de ley que plantea límites al referéndum. Espinosa sostuvo que las decisiones del TC son cosa juzgada no se puede recurrir a otros recursos para impedir su ejecución

“Las decisiones de inconstitucionalidad son cosa juzgada e inamovible. Entonces, yo no puedo, a través de un amparo, tratar de salirme de lo que se resuelve en una decisión de demanda de inconstitucionalidad, porque con esta, estoy descartando o afirmando la norma en su generlidad (...) Ahí, muere la discusión jurídica”, sostuvo el magistrado.