(Foto: @photo.gec/Hugo Pérez)
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“¿Aprueba usted la convocatoria de una asamblea constituyente encargada de elaborar una nueva Constitución Política?” Esa es la pregunta que los ciudadanos tendrían que responder en las elecciones de octubre si el proyecto de ley que presentó ayer el , para definir por referéndum el cambio de la Carta magna, prospera en el Congreso de la República.

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El Legislativo recibió la propuesta a la 1:00 p.m., después de una sesión extraordinaria del Consejo de Ministros. El documento tiene 18 páginas y en la primera se demanda a la presidenta del Parlamento, María del Carmen Alva, atender con preferencia la iniciativa por ser de “carácter de urgencia”.

Agrega que el referéndum contaría con una cédula especial con la pregunta que mencionamos al comienzo.

En resumen, la propuesta busca instaurar una asamblea constituyente para que elabore una nueva Carta Magna.

De acuerdo con el Ejecutivo, el proyecto en cuestión no modifica ninguna regla del proceso electoral; es decir, de los comicios municipales y regionales de octubre.

El documento incluye recortes de las posturas de cinco partidos políticos que se han manifestado a favor de la modificación parcial o total de la actual Constitución: Alianza para el Progreso (APP), Juntos por el Perú, Somos Perú, Partido Morado y Podemos.

Entre tanto, en la Comisión de Constitución las bancadas de Fuerza Popular, Renovación Popular y APP han adelantado su rechazo a la iniciativa.

Martha Moyano (FP) y Alejandro Muñante (RP) se expresaron ayer en contra. Eduardo Salhuana (APP) también hizo pública su postura en esa misma línea.

ASAMBLEÍSTAS

Sin definir antes si la población aprueba o no un cambio de Constitución, el proyecto busca consultar -de frente- si se acepta que una asamblea constituyente redacte una nueva Carta Magna.

Agrega que la elección de asambleístas deberá realizarse en un plazo no mayor a 120 días desde la convocatoria.

“La asamblea constituyente tiene como única competencia la elaboración y aprobación del proyecto de nueva Constitución Política, en un plazo máximo de nueve meses”, reza el documento.

Sostiene que los poderes constituidos u organismos constitucionalmente autónomos no pueden impedir, en forma alguna, las decisiones de la asamblea.

También refiere que una vez redactado y aprobado el proyecto de la nueva Constitución, deberá ser comunicado al JNE para que convoque a otro referéndum -en un plazo no mayor a 90 días- para que la población apruebe o rechace la eventual y nueva ley de leyes.

“La asamblea estará conformada 130 asambleístas elegidos en distrito electoral múltiple. Se debe garantizar los criterios de paridad y alternancia”, estipula expresamente el proyecto.

Según la iniciativa del Ejecutivo, el 40% de sus integrantes serán representantes de organizaciones políticas inscritas; el 30%, candidatos independientes; el 26%, representantes de pueblos indígenas; y el 4%, representantes de los pueblos afroperuanos.

CONFUSO.

Sin embargo, el proyecto no explica, en ningún apartado, de qué manera se conseguirá el porcentaje en paridad de géneros. Tampoco detalla cómo se acreditará que un ciudadano pueda ser calificado como indígena o afroperuano, una omisión que podría desencadenar situaciones arbitrarias.

Pero eso no es todo. En el segundo punto del proyecto, el Ejecutivo busca incorporar al artículo 207 de la actual Carta Magna el siguiente texto: “La iniciativa de convocatoria a referéndum para la elección de miembros de la asamblea constituyente corresponde al presidente con aprobación del Consejo de Ministros; o por solicitud de los dos tercios del numero legal de congresistas, o por un número de ciudadanos y ciudadanas equivalente al 0.3% de la población electoral”.

Al respecto, el constitucionalista Luciano López sostuvo -por Twitter- que el proyecto revela la ineptitud del Gobierno.

“Para que una asamblea constituyente pueda hacer el trabajo de elaborar y aprobar una nueva Constitución, primero la población debe aprobar que se cambie totalmente la Constitución. Es una cuestión de orden lógico, de secuencialidad”, resaltó.

Agregó que ese orden de ideas no plantea el proyecto. “¿Cómo puede plantearse la iniciativa si primero el pueblo tendría que decidir si quiere o no cambiar la Constitución?”, se preguntó.

“Primero se decide el cambio, quién debe hacerlo y, luego, si es por asamblea, cómo va a estar compuesta y demás detalles. ¡Qué bárbaros e ineptos!”, cuestionó López en la red social.

En alusión a la conformación de la eventual constituyente, José Tello, especialista en temas electorales, consideró que la propuesta tiene un mecanismo de elección de integrantes confuso, arbitrario y contrario a la seguridad jurídica.

De acuerdo con el proyecto enviado por el Ejecutivo, de aprobarse una nueva Constitución esta entraría en vigencia al día siguiente de su publicación en El Peruano, es decir, no necesariamente el Congreso podría realizar su labor con normalidad tal y como lo dijo el premier Torres.

Precisamente, el analista César Campos consideró que “el poder Constituyente todo lo puede enmendar”, incluso lo que está en funcionamiento.

“Lo que habla el premier deliberadamente es un disparate completo”, aseveró.

En diálogo con Correo, Campos dijo que el tema es un distracción para ganar adeptos durante las elecciones de octubre.

Sobre el mensaje reiterado del premier acerca de la necesidad de cambiar la Constitución para revisar los contratos ley, el analista resaltó que todos los gobiernos, desde Fujimori hasta Vizcarra, han respetado esos contratos.

“Cambiarlo significaría no cumplir los compromisos del Estados Peruano15″, advirtió el analista.

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Al respecto, cabe mencionar que durante una conferencia, el premier Aníbal Torres afirmó que ningún miembro del Ejecutivo, entre ellos los ministros, escribirían una letra de la nueva Carta Magna. Sin embargo, minutos después proclamó “¡Debemos acabar con los ‘contratos ley’!”.