La Fiscalía de la Nación dispuso ampliar la investigación preliminar por el caso de la supuesta organización criminal denunciada en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) e incluir al presidente Pedro Castillo en la pesquisa, que también comprende al exministro del sector Juan Silva y a seis congresistas de Acción Popular, señalados como ‘Los Niños’ por la empresaria Karelim López, debido a su cercanía con el jefe de Estado.
Esta decisión fue comunicada ayer por el Ministerio Público en sus redes sociales.
En febrero pasado, en su declaración a la Fiscalía como aspirante a colaboradora eficaz, López acusó al mandatario y a Silva de liderar una red criminal en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para otorgar licitaciones de manera irregular. Desde entonces, los señalamientos sobre presuntos actos de corrupción en el actual Gobierno no han cesado.
DETALLE. En esa línea, el fiscal de la Nación (encargado), Pablo Sánchez, dispuso que se investigue al mandatario por los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión agravada, “sin perjuicio de otros delitos que se puedan advertir en el curso de la investigación”.
Agregó que la pesquisa, abierta contra el extitular del MTC y los legisladores a principios de mayo, “fue ampliada luego de un análisis técnico jurídico, ante la seriedad y gravedad de las imputaciones”.
Para esta decisión, Sánchez habría evaluado los informes remitidos por las fiscalías provinciales de lavado de activos y de corrupción de funcionarios, los que advierten indicios suficientes en grado de sospecha de la presunta participación del mandatario en la organización criminal que encabezaría junto a Silva. Esta información se habría recabado a partir de las declaraciones de un colaborador eficaz.
De acuerdo con la tesis fiscal, en esta presunta mafia también estarían involucrados, entre otros personajes, el empresario Zamir Villaverde, los sobrinos del mandatario Fray Vásquez Castillo y Gian Marco Castillo, además de funcionarios de Provías Descentralizado.
ALCANCE. El Ministerio Público también resaltó que el presidente “tendrá garantizado el pleno ejercicio de su derecho de defensa y el respeto al artículo 117° de la Constitución Política”.
Es preciso señalar que el referido artículo de la Carta Magna establece que el jefe de Estado solo puede ser acusado, durante su mandato, por traición a la patria, impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias regionales o municipales, por disolver el Congreso fuera marco constitucional y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.
El Ministerio Público también informó que el mandatario fue notificado de la disposición del fiscal de la Nación y que se ordenó “su declaración indagatoria”, como parte de otras diligencias que “permitirán el debido y necesario esclarecimiento de los hechos”.
Lo dispuesto por Pablo Sánchez dista de lo establecido antes por su predecesora, Zoraida Ávalos, quien a comienzos de enero pasado abrió dos investigaciones preliminares a Pedro Castillo por los casos PetroPerú y Puente Tarata. Sin embargo, ordenó que los actos de investigación se efectuaran al término de su gestión; es decir, en el año 2026.
RESPALDO. Al respecto, el abogado penalista Carlos Caro resaltó que “es la primera vez en la historia del Perú que se investigará a un presidente en funciones”.
Precisó que no existe impedimento constitucional para este hecho, debido que el artículo 117 de la Carta Magna impide acusar, lo que representa una etapa más avanzada del proceso que recién comienza.
Caro enfatizó -en Canal N- que la importancia de la indagación abierta al mandatario responde al principio de inmediatez, dado que Castillo Terrones es una persona “con plena capacidad de poder de frenar -si fuera un mal presidente- las investigaciones”.
A su turno, el penalista Luis Lamas manifestó, en diálogo con Correo, que existe “un escenario judicial, legal y político adverso al presidente de la República” frente a lo dispuesto por el fiscal Pablo Sánchez.
“Hay un cambio sustancial (entre la decisión de Sánchez y Ávalos) en lo que significa respetar el estado de derecho”, sostuvo.
Por su parte, el constitucionalista Luciano López sostuvo -también en Canal N- que el titular del Ministerio Público efectuó una “interpretación más adecuada” de lo que establece la Carta Magna y cambió “el criterio de la Fiscalía” respecto a la decisión que había tomado antes Zoraida Ávalos.
Vía Twitter, López explicó que la pesquisa al mandatario está permitida, mas no la acusación.
“Esta última ocurre al culminar la investigación preparatoria, en caso de delito. Aquí (la acusación) se suspendería hasta que culmine el mandato. Una disposición constitucional deficiente de la Constitución de 1993″, puntualizó.