El Tribunal Constitucional (TC) evaluó la demanda competencial que interpuso el Congreso de la República contra el Poder Judicial (PJ), luego de que este último poder del Estado emitiera una resolución que suspendía de manera provisional la inhabilitación de Inés Tello y Aldo Vásquez como integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), ambos repuestos en el cargo gracias a una reciente resolución judicial.
Durante la audiencia, el abogado Aníbal Quiroga, en representación del Parlamento, fue enfático en afirmar que el fallo judicial fue “político”, posición que ratificó en declaraciones a la prensa.
“Estoy convencido que la sentencia es irregular, es nula, es absolutamente política”, indicó.
DERECHOS
En la sesión del TC que se realizó ayer en la región Arequipa, Jhonny Tupayachi, procurador del PJ, alegó a la afectación de derechos fundamentales de Tello y Vásquez. Sin embargo, no logró precisar cuáles eran esos derechos.
“No estamos hablando acá de derechos fundamentales, sino de cuestionamientos de dos miembros de la JNJ”, fue la respuesta de Quiroga.
Desde su punto de vista, lo que ambos integrantes cuestionan en realidad es el quórum con el que se emitió la votación para sancionarlos y el criterio de interpretar que la edad máxima para permanecer en la JNJ sea de 75 años, edad que ya superó Tello De Ñecco.
Tupayachi reiteró que se afectaron los derechos fundamentales de los miembros del JNJ, aunque al ser consultado por el magistrado Helder Domínguez sobre cuál sería el derecho que se afectó con la decisión del Congreso, el procurador no fue claro.
“Los beneficiarios (Tello y Vásquez) del amparo recurren a la Sala para poder revisar la decisión tomada por el Parlamento, entendiendo que para ellos la motivación no es suficiente”, dijo el procurador.
Por su parte, el magistrado Gustavo Gutiérrez reiteró la pregunta de su colega.
“Quisiera que me diga qué derechos fundamentales se están afectando”, consultó.
Además, recordó que el TC ha dicho que la única competencia en la que pueden intervenir los jueces es cuando hay derechos fundamentales afectados.
A pesar de la precisión, el procurador del PJ no logró dar una respuesta.
“Seguimos con lo mismo. No le respondido al magistrado Domínguez, tampoco me está respondiendo a mí (…). No me está respondiendo”, reclamó Gutiérrez Ticse.
Al respecto, el constitucionalista Quiroga señaló que desde su punto de vista ningún derecho fundamental fue afectado, sino que la sentencia que emitió el TC fue “política”.
“Las medidas cautelares se pueden cuando se ven afectados mis derechos fundamentales”, mencionó.
Al final de la audiencia, Quiroga reiteró esos argumentos frente a los medios de comunicación.
“Ha sido un tema político (la resolución del PJ), no ha sido un tema de derechos fundamentales. El PJ no citó la sentencia del TC que ya delimitó este tema, es una sentencia política que tiene por objetivo reponer a los magistrados de la JNJ como sea. No se ha respeto la apelación y se ha dado una ejecución inmediata”, declaró.
DETALLES
Otro aspecto que mencionado durante la audiencia fue la resolución que emitieron sobre las competencias del Congreso.
Al respecto, el abogado Quiroga fue el encargado de señalar que la causa ya había sido resuelta antes por el TC.
“Este TC ya resolvió un proceso competencial entre el Congreso y el PJ, señalando que hay actos judiciales y decisiones que no son competencia (del sistema de justicia)”, indicó.
Hizo referencia a la sentencia que emitió el TC en febrero del 2023 donde se estableció las facultades del Parlamento para elegir al defensor del Pueblo y aplicar una refomra sobre el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
“Ya todo esto se vio, entonces la pregunta es si es cosa juzgada, si vale o no vale, si es temporal y por lo tanto dura 24 horas o una semana. La cosa juzgada es permanente”, indicó.
Desde su punto de vista no puede ser posible que el PJ no haya tomado en consideración la mencionada sentencia del TC, porque sino cada vez que se emitan resoluciones judiciales, el Congreso deberá presentar una demanda de competencias.
“(La resolución que repuso a Tello y Vásquez) ni siquiera cita la sentencia del año pasado, lo cual es irregular, porque los jueces están obligados a interpretar las leyes. No tienen la educación de citar la sentencia del TC, no existe cosa juzgada”, agregó.
Por otro lado, Quiroga hizo una acotación importante en su intervención:”¿Qué dice el Código Procesal? Si el TC declara que los actos son incompetentes, los anula con efecto retroactivo y por lo tanto todo lo que han hecho desde que fueron inhabilitados hasta que el TC sentencia, serán nulos irreversible, eso dice el Código”.
Al término de la audiencia el caso quedó al voto, que podría ser resuelto hasta en un plazo de 30 días.