El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ratificó la cancelación de oficio de la inscripción del Partido Aprista Peruano a través de la Resolución 0911-2021-JNE, la misma que confirma la Resolución 633-2021-DNROP/JNE, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la cancelación de oficio de dicho partido.
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La disposición fue publicada este domingo en el Diario Oficial “El Peruano”.
El recurso de apelación fue interpuesto por José Germán Pimentel Aliaga, personero legal titular del Partido Aprista Peruano, en contra de la Resolución 633-2021-DNROP/JNE, del 14 de octubre de 2021.
Cabe recordar que tras el último proceso electoral, el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) canceló en setiembre pasado la inscripción de 14 partidos políticos que no cumplieron los requisitos para mantener su vigencia, es decir, no alcanzaron el 5% de los votos válidos a nivel nacional ni consiguieron al menos cinco representantes en el Congreso en las elecciones generales de abril último.
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Además del PAP se canceló la inscripción de: Democracia Directa; Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad; Frente Popular Agrícola FIA del Perú; Partido Nacionalista Peruano; Contigo; Partido Popular Cristiano; Perú Patria Segura; Renacimiento Unido Nacional; Unión por el Perú y Victoria Nacional.
Asimismo, de Perú Nación, Todos por el Perú y Vamos Perú por no participar en una elección de alcance nacional, como lo exige el artículo 13, literal e), de la Ley de Organizaciones Políticas.