Fenatep, el sindicato de Pedro Castillo, no acreditó actas de asambles de las bases sindicales. Los dirientes tomaron la decisión inconsulta de constituirse en federación.
Fenatep, el sindicato de Pedro Castillo, no acreditó actas de asambles de las bases sindicales. Los dirientes tomaron la decisión inconsulta de constituirse en federación.

El Fenate Perú, un sindicato de maestros de escuela con afectos y simpatías por Sendero Luminoso y Abimael Guzmán, perderá su inscripción en el ROOS (Registro de Organizaciones Sindicales del Sector Público) del Ministerio de Trabajo.

Lo indica así una Resolución Directoral de la Dirección Regional de Lima Metropolitana del MTPE que declaró la “nulidad de oficio” de la inscripción del Fenate Perú.

Tal legalización ocurriió el 30 de julio de 2021, en el tercer día del arribo de Pedro Castillo -su ex secretario general- a Palacio de Gobierno.

El MTPE informó a Correo que está en trámite, y en etapa final, este procedimiento de nulidad de inscripción.

Lo hizo un día después de la difusión de un informe de este diario que puso en evidencia la ilegalidad del reconocimiento del referido sindicato.

A solicitud de Correo, el MTPE emitió ayer el siguiente comentario:

“A raíz de una denuncia ciudadana, se advirtió que la FENATEP se habría constituido incumpliendo un requisito expresamente señalado en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (LRCT), lo cual comprometería, gravemente, el ejercicio democrático de la Libertad Sindical”.

“De acuerdo a Ley, prosigue, el área competente ha corrido traslado de la [denuncia] a la organización de trabajadores [Fenatep]. A la fecha, se encuentra en trámite esperando los descargos en respeto al derecho de defensa y el debido proceso de la referida Federación”, concluye el comentario enviado a este diario por la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del MPTE.


DETALLES.

La declaración de nulidad está contenida en la Resolución Directoral Nº 0025-2023-MTPE/1/2, del 5 de junio de 2023, aprobada y rubricada por el funcionario Ever Benildo Ruiz Vargas, Director de la Dirección Regional de Trabajo de Lima Metropolitana del MTPE.

Dicha Resolución Directoral acoge el Informe técnico 0014–2023-MTPE/1/20.2, elaborado por la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana.

Este último documento lleva la rúbrica de la funcionaria Maribel Aróstegui Rodríguez, directora encargada.


NULIDAD. En la parte resolutiva, la Dirección Regional de Lima Metropolitana resuelve “declarar de oficio la nulidad de la constancia de inscripción de la Fenate Perú , de conformidad con lo desarrollado en el Quinto Considerando de la presente resolución”.

Anula también “los actos administrativos emitidos con posterioridad” a la inscripción y legalización del gremio.

¿Qué dice el Quinto Considerando?

Indica que los responsables de la Fenate Perú no cumplieron con el requisito de presentar las actas de la asamblea general de cada uno de los siete sindicatos, con la votación aprobatoria de los afiliados para constituir una federación.

Se indica que, en este caso, los dirigentes de la Fenate omitieron el procedimiento y optaron por una “aprobación automática” ajena a lo previsto en la norma.

“En consecuencia – dice la Resolución- en el caso planteado se evidencia el agravio al interés público al haberse contravenido lo dispuesto por Ley y haberse utilizado un procedimiento de aprobación automática para adquirir facultades, o derechos, sin cumplir con los requisitos, documentación o trámites esenciales para su adquisición”.

Remarca la resolución de la Dirección Regional del MTPE que “debe entenderse la exigencia de la aprobación de la Asamblea General como condición previa para la constitución de una federación de servidores civiles”.


NO HUBO ASAMBLEA.

El informe previo de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana, es más explícita.

“El marco normativo vigente establece que la decisión de un sindicato de afiliarse a una federación es una atribución de la asamblea general (literal “d” del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo)”.

“En el presente caso -concluye- tenemos que la Fenate Perú, al solicitar su inscripción, no presentó documentación que acredite que, en los siete (07) sindicatos que la conforman, a través de una asamblea general se haya tomado la decisión de conformar la Fenate Perú, afiliándose a la misma; documentación que no obra en el expediente”.


FENATE NOTIFICADA.

El acto administrativo ha sido notificado al representante legal de la Fenate Perú. Esta entidad dispone de 15 días hábiles, desde el 5 de junio de 2023, para hacer sus descargos.

“Cabe la interposición, dentro de los 15 días hábiles de notificada la presente resolución, del recurso de reconsideración con la misma”, precisa la resolución.

El plazo aún está vigente a la fecha.


SUTEP SE PRONUNCIA.

Lucio Castro, secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Perú (Sutep) reaccionó favorablemente frente a la actuación del Ministerio de Trabajo.

A su juicio, el MTPE en este caso “asume la legalidad en su actuar. Se subordina a la Ley y repara un daño causado”.

A la vez significaría corregir la inobservación que tuvieron al momento de inscribir a Fenate apenas iniciado el Gobierno de Castillo”.

El dirigente magisterial remarca que “simplemente, el tiempo nos da la razón”.

Refiere que en este caso ha habido un uso y un abuso del Derecho.

“Era una inscripción express, violentando la Ley. Hoy (ayer) el Ministerio de Trabajo nos da la razón”, reitera.

En otro momento, Castro señaló que el Sutep no se opone a la libertad sindical, que es un derecho, sino al incumplimiento de normas al momento de inscribir un sindicato.

“No han tenido consulta a sus bases. Han decidido los dirigentes por las bases y eso implica un actuar ilegal, y eso obliga a anular esa inscripción por que ese es un vicio insalvable”, dijo a Correo.