La aprobación del informe que recomienda archivar la denuncia constitucional contra el expresidente Manuel Merino, el expremier Ántero Flores-Aráoz y el exministro del Interior Gastón Rodríguez por las muertes de Inti Sotelo y Bryan Pintado durante las protestas de noviembre de 2020 ha sido blanco de críticas.
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El texto del congresista Alejandro Cavero excluye de responsabilidades a los exaltos funcionarios y desestima los informes de diversas instituciones sobre lo ocurrido en las manifestaciones sociales.
Las exautoridades fueron denunciadas en octubre del 2021 por la entonces fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, como presuntos autores por omisión impropia del delito de homicidio.
Pero, ¿a qué conclusiones llegó el informe elaborado por el congresista de Avanza País?.
DETALLE. El documento establece siete conclusiones, entre las que aborda el papel de la Policía Nacional del Perú (PNP) y las acciones para la represión de las movilizaciones de noviembre, así como la cadena de mando entre la institución y el sector Interior durante la gestión de Merino de Lama.
El primer apartado señala que, dada la autonomía de la PNP, los planes operativos que elabore la institución no requieren “de la colaboración, el permiso ni el conocimiento” del ministro del Interior, el presidente o los titulares de otras carteras.
En segundo lugar, se precisa que los documentos policiales que guiaron las acciones de los agentes “contienen repetidamente” la indicación de que se cumplan las normas respecto al uso de la fuerza y las armas de fuego, así como el respeto a los derechos humanos. Además, considera como hechos “aislados” el reporte de cualquier caso de violencia policial.
Como tercer punto, precisa que, si bien las muertes de Inti Sotelo y Bryan Pintado fueron producto de heridas causadas por perdigones de plomo en diversas partes del cuerpo, estos son instrumentos que no utiliza o tiene a su disposición la PNP.
La misma conclusión se considera para el caso de las canicas de vidrio que también generaron daños graves a otros manifestantes.
En cuarto lugar, se argumenta que no existe evidencia que demuestre que se ordenara a la Policía “actuar con fuerza excesiva”. Asimismo, en el punto cinco, se desliza que, dado que no hay medio probatorio que acredite que las lesiones a los manifestantes las haya realizado la Policía, los denunciados Merino de Lama, Antero Flores-Aráoz y Gastón Rodríguez no podrían ser responsables de lo ocurrido.
La sexta conclusión del informe señala que “cualquier otra lesión” que pueda reportarse producto de “acciones aisladas no conformes a ley” debe ser investigada y sancionada en su debida instancia. Durante su sustentación, Cavero indicó que la denuncia penal contra 11 oficiales de la PNP por sus acciones personales debe continuar.
Finalmente, el último punto considera que no es posible imputar a Merino, Flores-Aráoz y Rodríguez el delito de homicidio por omisión impropia debido a que no existe evidencia que concluya el uso -por parte de la Policía- de perdigones de plomo, elementos que causaron la muerte de los jóvenes. La situación es similar en cuanto a las lesiones graves y leves reportadas por 78 personas.
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CRÍTICA. Es preciso señalar que, si bien el Informe Cavero considera -entre otros puntos- como hechos aislados los actos de violencia denunciados durante las manifestaciones, la reincidencia de estas agresiones fue recogida por organizaciones como ONG Human Right Watch, además de ser registrados por reporteros gráficos presentes que cubrían las protestas. El hecho generó incluso que una misión de la Oficina de las Naciones Unidas llegue al Perú para recabar información para investigar cualquier indicio de transgresión de los derechos humanos.
Frente a la decisión de archivar la denuncia, el congresista Edgar Reymundo (Cambio Democrático) planteó una reconsideración de la votación a fin de que los miembros de la Subcomisión cambien su decisión.