(Foto: Cesar Campos / GEC)
(Foto: Cesar Campos / GEC)

La congresista () presentó un proyecto de ley que dispone el incremento progresivo de la pensión mínima y modifica la estructura de las contribuciones para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Pensiones (SNP).

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De acuerdo a la propuesta, la pensión mínima para los afiliados a la “será equivalente a una remuneración mínima vital, lo cual se efectuará progresivamente en un plazo no mayor a dos años contados desde el 1 de enero del 2022″.

“Las aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley 1990 ascienden al 20% de la remuneración asegurable, siendo el 13% a cargo del trabajador y un 7% a cargo del empleador. Para el caso de las pequeñas y las micro empresas no será aplicable la aportación cargo del empleado”, se indica en la iniciativa.

Asimismo, se indica que la ONP, bajo responsabilidad, tiene la obligación de interponer las demandas de cobranza judicial de adeudos previsionales de acuerdo a “las normas del proceso de ejecución”

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“Al 2021 la pensión mínima (SI. 500.00) es prácticamente la mitad de la remuneración mínima vital (S/. 930.00), lo que exactamente equivale al 53,76%, situación por demás elocuente de la perversidad con la que se trata al pensionista de la O.N.P. y suficientemente justificatoria de su inmediato reajuste para que se sitúe progresivamente en un monto similar a la remuneración mínima vital. Y no se trata tampoco que la remuneración mínima haya tenido un trato preferencial, pues en la región Perú se ubica en el puesto 10″, manifestó.

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