Lima 5 de noviembre del 2022
Vladimir Cerròn convoca a alcaldes, primeros regidores y secretarios regionales electos de Peru libre.
fotos Britanie Arroyo Dueñaz
Lima 5 de noviembre del 2022 Vladimir Cerròn convoca a alcaldes, primeros regidores y secretarios regionales electos de Peru libre. fotos Britanie Arroyo Dueñaz

El último viernes, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) presentó al Congreso de la República un proyecto para modificar la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) y demarcar los requisitos aplicables a aquellos que quieren fundar o ser directivos de organizaciones políticas. El primer partido que puso el grito al cielo, en rechazo a la eventual norma, fue Perú Libre.

Motivos.

El proyecto de Ley 8642/2024-JNE busca modificar los artículos 6, literal b) y el artículo 17, literal a) de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas.

Plantea que “los fundadores y directivos del partido político no podrán estar condenados a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de los tipos penales referidos a terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, tráfico de influencias o enriquecimiento ilícito”.

Además, propone que “la participación de un partido político en el proceso electoral en curso, o en el más próximo, se suspende si este tuvo conocimiento de que el fundador o directivo estando, en el ejercicio del cargo, ha sido condenado por algunos de los delitos descritos en el párrafo anterior, en tanto no ejercita las acciones que correspondan; es decir, el retiro del cargo; y no comunica al Jurado Nacional Elecciones”.

Es decir, si se aprueba el citado proyecto, Perú Libre estará en una encrucijada entre expulsar de sus filas al prófugo Vladimir Cerrón, sentenciado por corrupción, o no poder participar en las elecciones.

Como se recuerda, el fundador y secretario general de Perú Libre huyó de la justicia luego de ser sentenciado a tres años y seis meses de prisión por el delito de colusión en el Caso Aeródromo Wanka. El Poder Judicial encontró a Cerrón responsable de direccionar el contrato de concesión de la citada obra pese a que no contaba con la autorización de la Autoridad Aeronautica Civil.

Se victimizan.

Mediante un comunicado, suscrito por la Comisión Política del Comité Ejecutivo Nacional de Perú Libre, el partido liderado por el prófugo denunció que el proyecto del JNE “interviene en la vida interna de los partidos atentando contra la democracia”.

Luego de calificar la iniciativa como “una ley con nombre propio”, alegaron que “suspender de sus derechos a los fundadores y directivos, implica cancelar sus candidaturas, eliminando la voluntad de un grupo de ciudadanos a quienes cada líder representa en la sociedad”.

También afirman que el proyecto “asigna un poder político a los jueces y fiscales, quienes decidirán quién puede ser candidato y quién no, atendiendo a los requerimientos de quienes ostentan el poder, incrementando la persecución a todo líder incómodo al sistema e incrementando el descrédito del sistema nacional de justicia, que podría conllevar una convulsión social”.

Asimismo, aseguraron que la modificatoria de la Ley de Organizaciones Políticas “no solo transgrede estos principios fundamentales, sino que abre la puerta a una peligrosa injerencia en la vida interna de los partidos políticos, socavando su autonomía y vulnerando la libertad de asociación”.

Finalmente, hicieron un llamado “a todos los sectores democráticos del país a rechazar esta propuesta, que bajo el pretexto de la lucha contra el crimen y la corrupción, busca descabezar a los movimientos políticos del pueblo, a cuyos líderes siempre se les ha judicializado, menoscabado perverso y, por demás, bajo el que han caído nuestras instituciones”. Pidieron que se respete el marco legal vigente.

Análisis.

El proyecto de Ley busca que los partidos y sus dirigentes tengan una trayectoria sin antecedentes penales por la comisión de delitos graves, y que con dicha medida se afiance la confianza de los ciudadanos y fortalezca la democracia representativa y el sistema político en su conjunto”, reza el oficio con el que la presidenta encargada del JNE, la fiscal suprema provisional Martha Maisch Molina, presentó la autógrafa al titular del Legislativo, Eduardo Salhuana.

Al respecto, el secretario general de la Asociación Civil Transparencia y politólogo, Omar Awapara Franco, consideró que tal proyecto solo es “una ligera modificación a algo que ya existía en la ley, que era impedir que ciertas personas sentenciadas puedan participar en política”.

En ese sentido, refirió que se trataría de una respuesta del JNE “a la luz de los reclamos que han habido, contra la impasibilidad del Jurado Nacional de Elecciones, de no excluir ciertos partidos con una agenda abiertamente antidemocrática y, por otro lado, como una forma de encajar con esta idea de la idoneidad de candidaturas” dijo a Correo.

También consideró que esta norma es un intento del Jurado Nacional de Elecciones de unir sus esfuerzos con las normas que se analizan en el Congreso, sobre las candidaturas electorales y la idoneidad de los postulantes.

“De repente evita o busca no chocar con el proyecto de ley que están en el Congreso y busca ampliar un artículo que ya existe en la Ley de Organizaciones Políticas, que tiene que ver con la fundación de un partido, con el acto”, puntualizó.

Aunque dijo tener una visión más crítica al citado proyecto, el especialista en derecho electoral José Naupari Wong consideró que es positivo.

“Salvando mis discrepancias con la ley actual, el proyecto sí me parece positivo, porque lo que hace es ampliar el catálogo de delitos que están actualmente en la ley que impide a una persona tener las condición de fundador o directivo. Desde ahí la medida es importante. También me parece importante, más allá de que reconozco que es un poco complicado desde el punto de vista operativo, que el JNE pueda apercibir a la agrupación política que si no aparta esta persona, a este fundador o este directivo sentenciado, pueden suspender al partido. Eso también me parece positivo”, resaltó a este diario.

Explicó que la discrepancia que tiene con la norma actual es que, según su análisis, el artículo 6 y el artículo 18 de la Ley de Organizaciones Políticas se encuentran en “inconsistencia normativa”.

“El artículo 18 de la Ley de Organizaciones Políticas te dice que para poder ser afiliado, tú tienes que tener tu derechos de ciudadanía expeditos. Ninguna persona que tenga una sentencia por cualquier delito doloso, mientras esté vigente, debería poder integrar un partido en el cargo que sea (...); entonces, esto debiera conllevar a que nadie que tuviera la sentencia vigente por ningún delito doloso puede ser fundador de un partido, porque si yo no puedo ser militante menos puedo ser fundador”, puntualizó.