(Foto: Julio Reaño @photo.gec)
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El Poder Judicial rechazó la solicitud de Pedro Castillo para incorporarse al proceso de la demanda de amparo presentada por Dina Boluarte, mediante la cual busca anular la resolución del Congreso del 10 de diciembre de 2025 que declaró su vacancia por incapacidad moral permanente.

La Primera Sala Constitucional de Lima declaró “improcedente” la solicitud del expresidente, presentada por su defensa legal, para participar en la demanda de amparo como “litisconsorte facultativo”, alegando interés jurídicamente relevante en el resultado del proceso.

Por ser expresidente constitucional de la República del Perú en el periodo 2021-2026, vacado con 101 votos, sin defensa el 07-12-2022, y juró la demandante pese a saber que fue vacado sin defensa con menos de 104 votos y ella vacada con más de 104 votos”, indicó Castillo en su escrito presentado el 22 de diciembre del 2025.

El colegiado precisó, mediante una resolución emitida el 15 de enero y a la que tuvo acceso RPP, que de la revisión del procedimiento parlamentario objeto de la demanda se constata que las partes involucradas son Dina Ercilia Boluarte Zegarra y el Congreso de la República.

En ese sentido, no se aprecia que la parte recurrente haya tenido participación alguna en dicho procedimiento, por lo que no es parte de la relación jurídica material, más aún, la demandante de acuerdo a su escrito de demanda, peticiona por su propio derecho”, se lee en el documento.

Siendo ello así, se verifica que el recurrente no tiene un interés legítimo en el resultado a darse en los presentes actuados judiciales sobre acción de amparo, ni que el mismo pudiera resultar perjudicial para sus derechos directa o indirectamente. Por lo tanto, su solicitud no se subsume en lo establecido en el artículo 48° del Código Procesal Constitucional. Por consiguiente, el pedido de intervenir al proceso como litisconsorte facultativo, debe ser desestimado”, concluyó el colegiado en su resolución.

La Primera Sala Constitucional de Lima admitió la demanda de amparo presentada por la expresidenta Dina Boluarte y convocó a una audiencia única virtual el 12 de marzo a las 9:00 a. m., con la participación de la exmandataria, su defensa legal y la Procuraduría del Congreso, con el objetivo de emitir una decisión en los próximos días.