La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional revocó el requerimiento de comparecencia con restricciones contra Giulliana Loza Ávalos, abogada de Keiko Fujimori, y otras personas en el marco de la investigación por el caso Cócteles.
En agosto de 2021, el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a cargo del juez Víctor Zúñiga, había dictado comparecencia con restricciones a los investigados.
Con dicha decisión se había establecido la prohibición de comunicarse con testigos o imputados del caso, así como con aportantes al partido Fuerza Popular, en la investigación que afrontan por presunta obstrucción a la justicia.
“Revocar la resolución de fecha 25 de agosto de 2021, emitida por el juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, que declaró infundado el requerimiento de comparecencia restrictiva contra el procesado Arsenio Oré Guardia y declaró fundado el mismo requerimiento contra los procesados Edward García Navarro, Giulliana Aracelli Loza Ávalos, Lorena Mariana Gamero Calero, Luis Ernesto Lazo Mendoza y Danae Alessandra Calderón Castro” se lee en la nueva resolución.
Avances del caso
El último lunes 16 de mayo, el fiscal José Domingo Pérez presentó las subsanaciones a la acusación del caso Cócteles en contra de Keiko Fujimori, y otros 40 investigados por la presunta comisión del delito de lavado de activos.
El Ministerio Público informó que el documento entregado por Domingo Pérez cuenta con 2384 folios y fue ingresado a la mesa de partes del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado.
Previamente, se había brindado varias prórrogas para la presentación de estas correcciones del caso porque habían sufrido el robo de una laptop, la cual tenía información relevante.