El presidente de la República Martín Vizcarra promulgó el último miércoles, en el día 199 del Estado de emergencia nacional por la pandemia de coronavirus (COVID-19), la Ley de las trabajadoras y trabajadores del hogar, aprobada hace unas semanas en el Pleno Mujer del Congreso de la República.
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El jefe de Estado colocó su firma en la norma que fue aprobada por el Legislativo con 117 votos a favor y que también lleva la firma del presidente del Congreso, Manuel Merino.
“Hoy me complace promulgar la Ley de trabajadoras del hogar, una norma aprobada por el actual Congreso y que representa la lucha constante de muchos años por parte de mujeres dedicadas que han venido realizando labores del hogar sin que se les brinde el debido reconocimiento a su esforzado trabajo”, sostuvo Vizcarra en conferencia de prensa.
Según la nueva ley, el trabajo doméstico puede realizarse con residencia en el hogar o sin residencia en este, depende del acuerdo entre la persona trabajadora del hogar y la parte empleadora.
Además, establece que los contratos laborales para el trabajo doméstico deben celebrarse por escrito, con duplicado, y registrado ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) en un plazo no mayor de 3 días hábiles, e impone el mínimo de 18 años para ejercer esta labor.
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Asimismo, el sueldo de los trabajadores del hogar no deberá ser menor al sueldo mínimo por una jornada de ocho horas diarias y 48 semanales.
Los trabajadores y trabajadoras del hogar también tendrán derecho a percibir las gratificaciones de julio y diciembre, así como el pago completo de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), que antes ascendía al 50% de la remuneración.