La legisladora María de los Milagros Jáuregui Martínez de Aguayo, integrante de Renovación Popular, presentó un proyecto de ley para modificar los artículos 173 y 175 del Código Penal.

Dicha iniciativa tiene el fin de elevar de 14 a 16 años la edad mínima para el supuesto de relaciones sexuales consentidas.

La propuesta está justificada por la legisladora Jáuregui, quien utiliza las facultades derivadas del artículo 107 de la Constitución Política del Perú y conforme a los artículos 75 y 76 del Reglamento del Congreso.

El artículo 173 del Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 635, tendría una modificación significativa.

La propuesta plantea que “el que tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza cualquier otro acto análogo con la introducción de un objeto o parte del cuerpo en menores de catorce años, será reprimido con pena de cadena perpetua”.

Asimismo, esta modificación extiende la vigencia de esta norma a menores de 14 y 16 años. Además, se establecería una una pena privativa de la libertad no menor de 14 ni mayor de 20 años.

El artículo 175 del mismo código sería de igual forma modificado para incluir penas por violación sexual mediante engaño en personas de 16 y menos de 18 años. Tendrían una pena privativa de libertad no menor de 6 años ni mayor de 9 años.

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