El pasado 3 de noviembre, la bancada de presentó un que busca regular la figura de la expulsión de detenidos en flagrante delito a fin de que sean procesados en su país de origen.

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La propuesta busca modificar el artículo 447 del Decreto Legislativo 1154, que regula el proceso inmediato en caso de flagrancia.  “En caso de ciudadanos extranjeros, el juez dictará su expulsión inmediata conjuntamente con la decisión que dispone la incoación del proceso inmediato, a fin de que pueda afrontar su proceso desde su país de origen vía videoconferencia”, se precisa.

Asimismo, busca cambiar lo dispuesto en el artículo 119- A del Código Procesal Penal, donde se indica que la presencia física del imputado es obligatoria en la audiencia del juicio.

“Excepcionalmente, podrá utilizarse el método de videoconferencia en los siguientes casos: A pedido del fiscal, del imputado o por disposición del juez en caso el imputado se encuentre privado de su libertad y su traslado al lugar de la audiencia encuentre dificultades por la distancia o porque exista peligro de fuga o cuando se haya dispuesto la expulsión del imputado”, se detalla en la iniciativa.

ANÁLISIS:

Respecto a esta iniciativa, el abogado y especialista en temas legislativos, César Aliaga, sostuvo que el proyecto de ley de es antitécnico y solo generará que los extranjeros cometan más delitos, ya que es una carta de impunidad para delinquir y luego retornar a su país sin que reciba una pena en Perú.

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“Según el proyecto sería juzgado por un juez peruano de manera virtual desde de su país de origen; pero esto es ilusorio porque no existen los mecanismos coercitivos ni de seguridad para garantizar que el extranjero se someta al proceso y luego cumpla su pena. En la práctica va a suceder que el extranjero delinque y simplemente retorna a su país y se olvida del proceso penal; es decir, será premiado con la impunidad”, señaló el especialista.

En esa línea, dijo que la iniciativa resulta contrario al principio constitucional y deber del Estado, de proteger a la población de amenazas contra su seguridad. “Vulnera los fines del derecho penal referentes a la prevención del delito, la retribución y rehabilitación”, acotó.

Agregó que, para afrontar la delincuencia extranjera en , lo que debe hacerse es aprobar normas que desincentiven y prevengan las conductas criminales, las combatan con eficacia y las sancionen con rigurosidad.

Por su parte, el penalista Alejandro Salas sostuvo que el proyecto de ley es inviable y va contra la normatividad, así como los principios penales.

“Hay un principio que es de territorialidad y actos delictivos, que es donde tiene que procesarse y juzgarse a una persona. No puedes generar una impunidad a través de una vía distinta a un extranjero, quien merece la extradición, pero antes debe pagar su condena en el país que la cometió”, sostuvo el letrado.

Para Salas, la expulsión de extranjeros no va a garantizar el pago de la reparación civil.

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“Teniéndolo acá (al extranjero)- en el proceso- lo pueden enganchar con las medidas coercitivas para que cumpla con la reparación civil. Allá (en su país), con qué lo vas hacer cumplir, se va a reír con el mandato de la reparación civil”, destacó el penalista.

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