Diversas fuentes periodísticas coinciden en que el Tribunal Constitucional (TC) ya resolvió el hábeas corpus (HC) de Vladimir Cerrón que anula su prisión preventiva por el Caso “Los Dinámicos del Centro”.
Aunque el máximo intérprete de la Constitución aún no publica la sentencia ni confirma una decisión.
Correo conversó con dos abogados constitucionalistas para evaluar si existen razones para dejar sin efecto esa medida.
Análisis
El abogado Andy Carrión advirtió que el TC no evaluaría la responsabilidad penal de Cerrón en un fallo favorable sino que únicamente evaluaría si la prisión preventiva respetó las garantías constitucionales.
Sin embargo, precisó que la situación del líder de Perú Libre presenta una diferencia respecto a otros casos.
“Ya no es que evalúen un peligro de fuga, sino que se ha materializado en su sustracción constante y permanente de la persecución pública”, precisó.
Asimismo, Carrión rechazó el argumento de “desobediencia civil” presentado por la defensa de Cerrón en la audiencia de su HC. Ello a partir de que Cerrón fugó porque obtuvo una condena que consideró injusta y, luego, fue revocada.
“No hay ningún derecho a desobedecer civilmente una decisión, por más injusta que uno la considere. La regla general es que todos se sometan a las decisiones y que, si uno está en desacuerdo, las cuestione a través de las apelaciones o de las otras instancias”, manifestó.
Por su parte, el expresidente del TC, Óscar Urviola, también descartó esa tesis.
“No es aplicable. En este caso hay un procedimiento y una situación especial de este señor que se ha sustraído a la acción de la justicia. Si no, todos invocarían desobediencia civil. No es aplicable”, expresó.
Urviola enfatiza que el TC debe limitarse al debido proceso y no a la responsabilidad penal
“Quisiera que el señor Cerrón esté preso por todo lo que se sabe de él, pero no se trata de personas, sino de calificar el procedimiento”, aclaró.





