El juez del Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Junín, Wilder Camarena Madrid, rechazó la solicitud del líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón, para que se declare cumplida la inhabilitación de un año que se le aplicó como parte de la condena en su contra por corrupción.
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“Declarar infundado la solicitud de levantamiento de inhabilitación presentado por la defensa técnica del sentenciado Vladimir Roy Cerrón Rojas”, se lee en la resolución obtenida por El Comercio. Con esta decisión, el ex gobernador regional de Junín continuará impedido de ejercer algún cargo público.
El 5 de agosto del 2019, Vladimir Cerrón fue sentenciado, luego de ser hallado culpable de los delitos de negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo, a cuatro años y ocho meses de cárcel efectiva, un año de inhabilitación para ejercer cargo público y al pago de S/ 850,000 como reparación civil.
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Pero en octubre de ese mismo año, la Sala de Apelaciones de Junín reformuló la condena a cuatro años de pena suspendida, un año de inhabilitación para ejercer cargo público y al pago de S/ 850,000 como reparación civil.
De acuerdo con la defensa de Vladimir Cerrón, la pena de inhabilitación de un año para el ejercicio de cargo público ya fue cumplido, debido a que contabilizan desde que le se dictó la sentencia en primera instancia en agosto del 2019.
“Solicita que se emita la resolución correspondiente a efectos de dar por concluida la referida pena de inhabilitación y se notifique esta resolución al Gobierno Regional de Junín, al Jurado Nacional de Elecciones y a todas las instituciones a las cuales se notificó la sentencia condenatoria para los efectos correspondientes”, argumentó.
No obstante, para el juez Camarena Madrid las explicaciones de la defensa de Cerrón no son válidos, pues si bien se emitió condena en primera y segunda instancia; todavía el caso no ha concluido.
“De lo anotado, es posible advertir que a la fecha, el recurso de casación, se encuentra pendiente de resolución; esto es que aún no se han agotado todos los recursos que prevé la ley para impugnar, existiendo posibilidad real de revertir los efectos de la resolución que fue materia de impugnación; consecuentemente nos encontramos frente a una situación donde existe pronunciamiento judicial que no ha adquirido la calidad de firme”, resolvió.
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