El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional desestimó el pedido del prófugo Vladimir Cerrón, cuya defensa había solicitado que la denominada “Ley Soto” se aplique en el Caso Antalsis.
En este proceso, al dueño de Perú Libre se le investiga por los delitos de organización criminal, cohecho pasivo propio y colusión agravada.
Sin embargo, Cerrón Rojas alegó que por la Ley 31751 -la “Ley Soto”, que modificó el plazo para que un delito sea objeto de pesquisa y se sancione- ya no debería ser investigado por cohecho.
POSTURA
La Ley 31751 dispone que una indagación por cohecho pasivo propio se puede prolongar por un máximo de 12 años. Víctor Peralta, abogado del prófugo, aseguró que si, según el Ministerio Público, Vladimir Cerrón incurrió en dicho delito en 2011, el periodo para procesarlo por este concluyó el año pasado.
La Fiscalía, en contraste, sostuvo que el plazo comienza no desde la comisión del hecho delictivo, sino desde la formalización de la respectiva investigación preparatoria, lo que en esta pesquisa ocurrió en 2016.
En esa línea, para el Ministerio Público todavía faltan seis años y dos meses.
El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, tras evaluar los argumentos de ambas partes, declaró infundado el pedido de Cerrón.
Asimismo, dispuso “inaplicar a través de la potestad constitucional del control difuso la Ley 31751″.
En este caso, a Cerrón le imputan integrar la presunta organización criminal de Martín Belaunde Lossio, la que habría defraudado al Estado por más de 26 millones de soles en obras públicas cuando el líder de Perú Libre fue gobernador regional de Junín, entre 2011 y 2014.