(Foto: Congreso)
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El congresista Wilson Soto (Acción Popular) presentó un proyecto de ley que tiene como fin sancionar con pena de muerte a las personas que cometan los delitos de sicariato, secuestro, extorsión y robo agravado. Según la iniciativa, se busca incorporar el artículo 316-B al Decreto Legislativo 635 del Código Penal para tipificar que estos hechos sean tipificados como parte del delito de terrorismo y, de esa manera, e imponer la sanción de pena de muerte.

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“El que provoca, crea, mantiene o favorece un estado de zozobra, alarma o temor en la población, en un sector de ella o una familia; realizando, actos contra la vida, el cuerpo y la salud, la libertad y seguridad personal o contra el patrimonio de las personas, a través de actos que constituyen delitos de sicariato, secuestro, extorción, robo agravado y causen la muerte de la víctima será reprimido con pena de cadena perpetua o muerte”, se indica en la iniciativa legislativa.

Cabe destacar que la Constitución Política establece en su artículo 140 que “la pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la Patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada”.

“Bajo dicho desarrollo de la Constitución Política se desprende que solo pueden imponerse la pena de muerte por la comisión del delito de traición a la patria en caso de guerra y terrorismo, es decir cuando se atenta gravemente un bien jurídico protegido como la integridad del territorio nacional o la soberanía del Estado; así como cuando se genera zozobra y un gran temor en la sociedad que no permite alcanzar la paz y tranquilidad en la comunidad por el permanente ataque contra los bienes jurídicos más importante como la vida, la libertad, la integridad física, psíquica, el patrimonio de las personas y de la Nación”, se detalla.

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En el análisis costo-beneficio se indica que el proyecto de ley no representa mayor gasto o costos al Estado, debido a que busca materializar la pena de muerte por la comisión del delito de terrorismo establecido en la Constitución Política. Asimismo, se agrega que el Poder Judicial podrá contar con una herramienta que les posibilite razonablemente imponer la pena de muerte por la comisión de delitos graves que merecen el reproche social.

“La comunidad se sentirá amparada por la justicia y el Estado al obtener la sanción al agresor que realmente acoge su anhelo. Se protegerá de manera más eficaz a los ciudadanos, que poco a poco recuperará la su confianza para poder circular libremente en la vía publica y ejercer sus actividades sin mayores temores. La sociedad se verá beneficiada al saber que existe una sanción que de alguna manera podría resarcir el grave daño y afectación por la pérdida de un ser humano”, se indica.

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