(Fuente: MTC)
(Fuente: MTC)

Una corte federal de Estados Unidos declaró en rebeldía al Estado peruano en el caso del Aeropuerto Internacional de Chinchero, tras no cumplir con el pago de una indemnización superior a los 91 millones de dólares dispuesta por un tribunal arbitral internacional a favor del consorcio Kuntur Wasi.

En términos sencillos, la declaración de rebeldía implica que el Perú no contestó ni presentó defensa dentro del plazo legal en el proceso judicial seguido en Estados Unidos, por lo que el juez resolvió sin considerar su posición y ratificó la obligación de efectuar el pago.

Dicho conflicto inició en 2017, cuando el Estado peruano decidió resolver de manera unilateral el contrato de concesión que había firmado con el consorcio Kuntur Wasi para la construcción y operación del aeropuerto de Chinchero, en Cusco.

El contrato, inicialmente adjudicado en 2014 y modificado en 2016, fue cancelado por el Gobierno de ese entonces, que consideró que los cambios realizados resultaban desfavorables para el Estado.

Cabe precisar que no se canceló el proyecto del aeropuerto, sino únicamente el contrato con la empresa concesionaria. La obra sigue en marcha, pero ahora bajo un esquema distinto, gestionado directamente por el Estado a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Por su parte, Kuntur Wasi sostuvo que la resolución del contrato fue arbitraria e injustificada, por lo que llevó el caso a un arbitraje internacional ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones), un tribunal del Banco Mundial especializado en disputas entre Estados e inversionistas.

En mayo de 2024, el CIADI falló a favor de Kuntur Wasi y ordenó al Estado peruano pagar una indemnización de $91 205 056, más intereses, por los daños ocasionados tras la terminación del contrato.

Aunque el laudo del CIADI constituye una decisión internacional, su cobro no es automático. Para que se haga efectivo, la empresa favorecida debe solicitar que el laudo sea reconocido y ejecutado como una sentencia judicial en algún país.

Por ese motivo, Kuntur Wasi recurrió a una corte federal de Estados Unidos, una jurisdicción que permite la validación de laudos internacionales para su cobro. En otras palabras, la empresa solicitó que la decisión del CIADI sea reconocida como una sentencia estadounidense, lo que le habilitaría a iniciar acciones legales para exigir el pago.

La resolución de la corte estadounidense no genera una nueva deuda, sino que confirma una obligación previamente establecida por el tribunal arbitral internacional. Asimismo, permite que la empresa explore mecanismos legales para exigir el pago en el extranjero, mientras el monto continúa aumentando debido a los intereses.