(Foto: Andina)
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Cuando el 8 de mayo, la Superintendencia de Banca, Seguro y AFP (SBS) publico el Procedimiento Operativo para el retiro extraordinario del 25% de los fondos de pensiones que administran las AFP, tuvo en cuenta a los afiliados que se encuentran en el extranjero, así como también a los que están físicamente imposibilitados.

En su resolución 1352-2020, la SBS precisó que las AFP son responsables de establecer los protocolos de verificación y contacto que les permitan identificar al titular solicitante que están fuera del país.

Dichos protocolos son de responsabilidad de cada AFP.

Pasos. Aldo Ferrini, gerente general de Integra AFP, explicó a Correo que cada una de las empresas que participan en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) tiene sus respectivos protocolos.

“El primer paso es presentar la solicitud respectiva, en la fecha que le corresponda, según su DNI y la cuenta bancaria donde quiere que se le deposite su dinero”, indicó.

En tanto, el afiliado residente en el exterior debe seguir los mismos pasos, pero si no tiene una cuenta en Perú, tiene que cumplir un proceso para verificar, acreditar una en el país donde reside.

“No se puede entregar el dinero a una cuenta que no pertenece al afiliado porque se puede prestar a un fraude”, explicó.

SBS. Elio Sánchez, superintendente adjunto de AFP, dijo que para alcanzar ese objetivo la SBS tomó medidas para facilitar el retiro, como obligar a las AFP que faciliten información a los afiliados, por todos sus canales.

Además, pidió a los afiliados que sigan el calendario (según sus DNI) para viabilizar el proceso para el retiro.

También facilitó la ampliación de los canales para el retiro de los fondos. Ahora participan 16 entidades financieras.

“Adicionalmente, se adoptaron medidas para facilitar el uso del dinero electrónico, que es una opción que está en evaluación para acceder a los fondos”, precisó.

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