La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó este lunes que el cronograma final para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020 se inicia este jueves 25 de marzo y concluye el próximo lunes 12 de abril.
En un comunicado, la Sunat precisó que más de 350,000 contribuyentes ya cumplieron con hacerlo de manera anticipada. De esa cantidad, 220,000 son personas naturales y 130,000 empresas que cumplieron con esa obligación, utilizando los formularios virtuales 709 y 710, respectivamente, disponibles en el APP Personas (para smartphone) y en la plataforma Sunat Operaciones en Línea.
ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC Y OTROS | FECHA DE VENCIIMIENTO |
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0 | 25 de marzo del 2021 |
1 | 26 de marzo del 2021 |
2 | 29 de marzo del 2021 |
3 | 30 de marzo del 2021 |
4 | 31 de marzo del 2021 |
5 | 5 de abril del 2021 |
6 | 6 de abril del 2021 |
7 | 7 de abril del 2021 |
8 | 8 de abril del 2021 |
9 | 9 de abril del 2021 |
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 12 de abril del 2021 |
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Devoluciones
En el caso de las personas naturales, la Sunat estimó que de las 600,000 que deben presentar su declaración, 250,000 tendrán una devolución por cobrar. A la fecha ya se han presentado unas 90,000 solicitudes y se han atendido 60,000 (por casi S/ 90 millones), en un plazo mucho menor a los 45 días hábiles establecidos, gracias a la transformación digital iniciada por la entidad.
Las devoluciones se pueden realizar mediante depósito en cuenta (siempre y cuando haya registrado previamente su código de cuenta interbancario), orden de pago financiera o cheque.
Para las personas jurídicas (empresas) se prevé que deben presentar la declaración anual unas 700,000, pertenecientes a los regímenes General y/o MYPE Tributario (no están obligadas a presentarla los contribuyentes del Nuevo RUS y del Régimen Especial de Renta).
“Para mayor facilidad al presentar la declaración, estos contribuyentes tienen dos versiones del Formulario Virtual 710, el simplificado o completo, con información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta”, indico la Sunat.
Fraccionamiento
En caso necesiten un fraccionamiento, la Sunat señaló que las personas y las empresas tienen la posibilidad de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado, inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de la entidad tributaria.
Dijo que a la fecha se han recibido cerca de 5,000 solicitudes en línea por un monto de más de S/ 17 millones. Se ha aprobado rápidamente más del 80% de solicitudes, por un monto de S/ 14 millones.
“Cabe indicar que se puede aplazar la deuda hasta por seis meses, fraccionarla hasta por 72 meses o el aplazarla y fraccionarla a la vez. La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0.8% mensual. Solo se requerirán garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UIT (S/ 440,000)”, recordó la Sunat.
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De otro lado, la entidad tributaria recomendó a todos los contribuyentes a no esperar el último momento para presentar la declaración.