El Ministerio de Cultura (Mincul) emitió este viernes una resolución que aprueba el protocolo sanitario para la implementación de medidas de vigilancia, prevención y control frente al COVID-19 en las actividades de la música. Esto como parte de las acciones del Gobierno para la reactivación de la economía.
Según el documento, las actividades musicales que pueden practicarse siguiendo medidas sanitarias son: creación, ensayos, presentaciones sin público, preproducción y producción musical, captura, mezcla, masterización y actividades didácticas.
También podrán realizarse registro de presentaciones sin público y transmisiones, así como otras actividades esenciales para la producción, distribución y consumo musical que se mantengan sin la presencia de público.
Por otra parte, el protocolo aprobado por el Mincul establece que con el fin de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 entre el personal involucrado en la ejecución de las actividades de la música, las empresas o entidades del sector público y privado que realicen actividades de música o empleen los servicios de personas involucrados en estas actividades deberán elaborar un “Plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el Trabajo”.
Dicho plan deberá especificar la siguiente información:
- Razón social y RUC.
- Región, provincia, distrito, dirección de cada sede de la persona natural con negocio o persona jurídica.
- Representante legal y DNI.
- La nómina de trabajadores según el riesgo de exposición a COVID-19 por puesto de trabajo (muy alto, alto, mediano o bajo).
- Las características de vigilancia, prevención y control por riesgo de exposición al SARS-CoV-2.
En cuanto las disposiciones sanitarias, el protocolo refiere que las personas naturales o empresas que son propietarias de los espacios para la realización de eventos musicales como centros culturales, salas, auditorios, estudios de producción musical, espacio dedicado al dictado de talleres, clases, presentaciones o trasmisiones, entre otros, son responsables del cumplimiento de las condiciones sanitarias dentro de sus instalaciones.
“Deberá implementar la señalética correspondiente para comunicar las medidas y conductas requeridas por el protocolo. Es responsable de asegurar la provisión de agua y de comunicar el protocolo a las organizaciones musicales que harán uso del espacio. Es responsable de asegurar la disponibilidad de los equipos de protección personal e implementar las medidas para su uso correcto y obligatorio, en coordinación y según lo determine el profesional de salud del Servicio de Seguridad y Salud en el trabajo”, se lee en el documento.
También se menciona que los productores generales, promotores u organizadores de eventos son responsables de la supervisión y control del cumplimiento de las condiciones sanitarias, contenidas en el plan de vigilancia del espacio cultural y en el protocolo del sector (Ministerio de Cultura), por parte de todos los involucrados en la actividad.
En la misma línea, se establece que los proveedores de equipos de sonido, video e iluminación son responsables de la operación de sus equipos y de las actividades de sus trabajadores durante el traslado, descarga, montaje, utilización, y desmontaje de estos en el espacio donde fueron requeridos. También son responsables del control y capacitación de su personal.
En cuanto a los artistas, técnicos y usuarios, el documento precisa que son responsables de cumplir las condiciones sanitarias contenidas en el plan de vigilancia del espacio cultural, la organización que realice la actividad y en el protocolo del Mincul, y de las medidas de seguridad personal en su traslado y regreso.
“En caso de que alguna de las partes no cumpla con acatar las medidas sanitarias y exponga la salud de una o más personas involucradas, cualquiera de ellas, de manera preventiva, tendría la potestad de no participar en la actividad y comunicar dicha situación ante la autoridad competente”, agrega el documento.
Revisa aquí el protocolo sanitario completo aprobado por el Mincul.