El Gobierno oficializó su decisión de disponer como día laborable el 29 de julio de este año, en el marco de las medidas para impulsar la reactivación de la economía.
Mediante el Decreto de Urgencia Nº 081-2020, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, el Ejecutivo hizo efectiva la medida.
“En el mes de julio teníamos tres días no laborables, 28 y 29 que son feriados y el día 27 que no es feriado, pero se había declarado por medio de un decreto no laborable. Vamos a emitir las normas correspondientes para que solo el 28 de julio, el día patrio sea feriado de nuestra Independencia, pero el 27 y el 29 van a ser laborables porque hemos estado muchos tiempo con la economía parada”, refirió.
PAGO EN FERIADO
Como se recuerda, el sector privado los feriados eran 28 y 29 de julio. Mientras, que en el sector público se incluía al 27 de julio como día no laborable.
Si trabajas este feriado, podrías recibir tres remuneraciones por día, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 713.
De acuerdo con el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) el empleado deberá recibir una remuneración diaria por el feriado, una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día.

:quality(75)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/elcomercio/T3QRD7OY7RFT5D7I2EZSQLLTA4.jpg)



