Tras anunciar la eliminación del uso obligatorio de los protectores faciales en el aeropuerto y durante el vuelo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó otras modificaciones a los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en el servicio de transporte aéreo de pasajeros a nivel internacional y nacional.
Entre las medidas, el MTC precisó que los viajeros deben usar doble mascarilla en todo momento dentro de las instalaciones del aeropuerto y en las aeronaves, excepto niños menores de dos años.
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También señaló los que requieran ingresar al territorio nacional (turistas extranjeros) deberán entregar el resultado de una prueba RT-PCR o antígena emitido hasta 72 horas antes del embarque, por una institución sanitara del país de procedencia. Solo quedan excluidos de dicha disposición los niños menores a 12 años así como las personas que hayan superado la enfermedad hasta tres meses previos al viaje.
Incluso, se mencionó que ya no es necesario que los pasajeros extranjeros presenten la Declaración Jurada Electrónica de Salud y el compromiso para realizar la cuarentena.
Además, desde el 9 de julio será obligatorio que los integrantes de las tripulaciones que realicen viajes internacionales diarios, interdiarios o semanales, deberán contar con un resultado de prueba RT-PCR cada 15 días.
“En este caso, son los empleadores quienes se encargan del monitoreo diario del estado de salud de sus tripulantes”, se puntualizó.
Asimismo, las aerolíneas y concesionarios de los aeropuertos deberán asegurar el distanciamiento físico, así como las señalizaciones (en español e inglés) a fin de fomentar la higiene adecuada, entre otras medidas.