Aspec se mostró en desacuerdo una tercera prórroga de las etiquetas impresas en los empaques de alimentos procesados. (Foto: Colegio de Nutricionistas del Perú)
Aspec se mostró en desacuerdo una tercera prórroga de las etiquetas impresas en los empaques de alimentos procesados. (Foto: Colegio de Nutricionistas del Perú)

El Ministerio de la Producción (Produce) informó que habrá una tercera prórroga, hasta marzo del 2022, para que las advertencias de estén impresos en los envases de alimentos procesados, como parte de la Ley de alimentación saludable, que debía entrar en vigencia el 1 de julio de este año.

En estos días vamos a emitir la norma que obliga que los octógonos de advertencia estén impresos en los empaques de alimentos procesados de manera temporal”, indicó el titular del sector, José Luis Chicoma.

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En ese sentido, el ejecutivo mencionó que las marcas podrán seguir usando adhesivos en los productos importados.

Por su parte, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) recordó que, por Decreto Supremo N° 015-2019-SA del 14 de junio de 2019 se modificó el Manual de Advertencias Publicitarias de la Ley de Alimentación Saludable y en su numeral 8.3 se autorizó de manera excepcional el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias por un año a partir de la entrada en vigencia del manual.

Posteriormente, el 11 de junio de 2020, se amplió una vez más por otro año -que vence hoy, 30 de junio de 2021- el plazo que permite el uso de adhesivos con los octógonos.

Desde hace más de dos años, las mencionadas empresas tuvieron un plazo privilegiado para cumplir con la ley e incluir los octógonos impresos en las etiquetas pero, aduciendo una serie de pretextos, no lo hicieron. En lugar de ello, ahora demandan una tercera prórroga, lo cual es inaceptable, aunque se trate de productos elaborados en otros países”, refirió la entidad.

Ante este panorama, Aspec se mostró en desacuerdo una tercera prórroga y argumentó cuáles son las problemáticas del uso de adhesivos en los envases de alimentos.

  • Pueden ser ubicados en cualquier parte del envase y no en la parte frontal, de manera visible, como corresponde o simplemente no colocarse.
  • Pueden no respetar las características que deberían cumplir como el tamaño.
  • Tienen un fondo transparente, lo cual dificulta su detección en los coloridos empaques de los productos.
  • La capacidad del Estado para fiscalizar miles de bodegas, supermercados y tiendas de conveniencia a nivel nacional es prácticamente nula.
  • En caso de reclamo, la empresa puede eludir su responsabilidad culpando al bodeguero o a los empleados del supermercado por, supuestamente, haber colocado el adhesivo donde no debía ir.
  • Se envía una señal discriminadora y negativa a las empresas que sí se adaptaron oportunamente a la legislación y consignan los octógonos de manera impresa en su etiquetado.

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