Tras rechazar un pedido de reconsideración al texto aprobado en una primera votación, el pleno del Congreso ratificó ayer la aprobación de la reforma del sistema de pensiones.
Con 56 votos a favor, 36 en contra y 7 abstenciones se rechazó la reconsideración presentada para que el documento regrese a la Comisión de Economía.
Es decir, no fue necesaria una segunda votación por lo que el Congreso mandará la autógrafa al Ejecutivo para su aprobación u observación.
Así, la nueva ley crea el Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP) e incorpora al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), que administra la ONP, y el Sistema Privado de Pensiones (SPP), que administran las AFP.
Consumo. Entre otros, la ley aprobada por el Congreso mantiene la pensión por consumo (para el SPP), cuyo fondo se constituirá como aporte voluntario generado por gastos que realicen los afiliados, sustentados en comprobantes de pago (hasta por S/700) y tengan el DNI.
Será el 1% del valor de los comprobantes de pago emitidos en cada ejercicio fiscal, con un tope de ocho UIT anuales del consumo total.
También incorpora la pensión mínima de S/600 (para el SPP). Será para todos los aportantes en edad de jubilación que acrediten al menos 240 unidades de aporte y no realicen retiros.
Los afiliados al SIPP y los del SPP menores de 40 años no podrán elegir entre percibir la pensión que les corresponda en cualquier modalidad de retiro, y/o solicitar a la AFP la entrega de hasta el 95.5 % del total del fondo disponible en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
Tampoco se podrá retirar el total o parcial de los fondos acumulados en las cuentas individuales de la AFP por parte de los afiliados durante su etapa activa.