Próximos a la emisión de los estados financieros auditados al 31 de diciembre del 2022 en el presente mes de marzo y siguientes para muchas empresas, es importante recordar a toda la comunidad empresarial y diferentes stakeholders que ciertas entidades reguladoras en nuestro país tales como:

La Superintendencia de Mercado de Valores - SMV y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, requieren que la presentación y formulación de los estados financieros se emitan bajo Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF.

Waldo Lucho, socio de la División de Auditoría y Aseguramiento de PKF Vila Naranjo, comenta que dicha necesidad de nuevo lenguaje globalizado que este set de normas contables/financieras recoge para las empresas, en la mayor parte de los países, no es ajeno a la realidad de nuestro país.

Por tal motivo, el Consejo Normativo de Contabilidad con fecha 21 de noviembre del 2022 publicó en el Diario oficial “El Peruano” las condiciones técnicas para la aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF.

Por todo el ello, el especialista sugiere tener presente la siguiente data:

  • Las empresas que obtengan ingresos anuales por actividades ordinarias iguales o superiores a 2,300 (unidades impositivas tributarias – UIT’s) al cierre del ejercicio anterior (para el año cerrado 2022 es equivalente a S/ 10,580,000) deben aplicar el set completo de las NIIF;
  • Las empresas que obtengan ingresos anuales por actividades ordinarias superiores a 150 UIT (para el año 2023 equivalente a S/ 690,000) hasta 2,300 UIT’s deben aplicar el set de NIIF aplicable para pequeñas y medianas empresas (Pymes).

Para mayor información sobre auditoría financiera o adopción a NIIF, puede comunicarse a