¿Aún no has realizado la declaración de la Renta 2021? Este viernes 25 de marzo 2022 se inicia el cronograma final de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2021 por parte de personas naturales y empresas, de acuerdo con el último dígito de su número de RUC, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
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De acuerdo con la entidad un millón 200,000 contribuyentes deben presentar su declaración 2021, a través del Formulario Virtual N° 709. El cronograma se abrió el 14 de febrero 2022 y mañana el viernes 25 de marzo empieza a vencer, de acuerdo con el último dígito de tu RUC. A continuación, te damos a conocer el cronograma para que no tengas contratiempos.
¿HASTA CUÁNDO ES EL PLAZO PARA DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA 2021?
- Último dígito del RUC 0: vence 25/03/2022
- Último dígito del RUC 1: vence 28/03/2022
- Último dígito del RUC 2: vence 29/03/2022
- Último dígito del RUC 3: vence 30/03/2022
- Último dígito del RUC 4: vence 31/03/2022
- Último dígito del RUC 5: vence 01/04/2022
- Último dígito del RUC 6: vence 04/04/2022
- Último dígito del RUC 7: vence 05/04/2022
- Último dígito del RUC 8: vence 06/04/2022
- Último dígito del RUC 9: vence 07/04/2022
- Los buenos contribuyentes y los sujetos no obligados: vence 08/04/2022
¿QUIÉNES DEBEN DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA 2021?
Persona natural:
- Las personas que durante el año 2021 generaron ingresos por rentas de trabajo, ya sea de cuarta categoría (prestación de servicios independientes) y/o de quinta categoría (trabajo dependiente en planilla), están obligadas a presentar la declaración jurada anual 2021 del impuesto a la renta si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos:
- Determinaste un saldo a favor del fisco en la Casilla 142 (rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera) del Formulario Virtual N° 709; o estás arrastrando saldos a favor de ejercicios anteriores y los aplicas contra el Impuesto o pagos a cuenta.
- Hayas percibido durante el 2021 rentas de cuarta o cuarta y quinta categoría o alguna de dichas rentas más renta de fuente extranjera y determinas un saldo a tu favor en la Casilla 141 del Formulario Virtual N° 709.
- Atribuyes gastos por arrendamiento y/o subarrendamiento a tu cónyuge o concubino.
- Percibas rentas de quinta categoría exclusivamente y hayas generado gastos por arrendamientos y/o subarrendamientos de inmuebles ubicados en el país.
Empresas:
- En el caso de las empresas, deben cumplir con esa obligación aquellos contribuyentes que hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría del Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT).
¿CUÁLES SON LOS REQUISTOS PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN A LA RENTA 2021?
- DNI o RUC.
- Clave SOL.
¿CÓMO PRESENTAR LA DECLARACIÓN A LA RENTA 2021?
Se puede realizar de una manera rápida y sencilla a través de la App o la página web de la Sunat.
Persona natural:
Pueden presentar su declaración de renta desde su teléfono celular, utilizando el APP Personas, o mediante una computadora, a través de Sunat Virtual, en un procedimiento sencillo, debido a que la información de los ingresos, retenciones y deducciones se encuentra prellenada y solo debe ser confirmada por el contribuyente.
El pago lo puedes hacer con cualquier tarjeta de debido o crédito; aplazarlo o fraccionarla, si no dispone en esos momentos de los recursos para cancelarla; o solicitar la devolución, en caso el contribuyente tenga saldo a su favor.
Empresas:
Las empresas pueden declarar vía internet mediante el formulario virtual 710, que contiene información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) pagado, que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.