Este año, el programa Techo Propio espera beneficiar a 51.000 familias a través de sus tres principales productos: adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio y mejoramiento de vivienda (Foto: Andina)
Este año, el programa Techo Propio espera beneficiar a 51.000 familias a través de sus tres principales productos: adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio y mejoramiento de vivienda (Foto: Andina)

Este año, el Gobierno estima beneficiar a 51.000 familias a través del programa , uno de los cuatro programas que promueve el Fondo MiVivienda (FMV), que es la empresa adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento () que promueve el acceso de la población –en especial de los sectores medios y bajos– a una vivienda adecuada.

MÁS INFORMACIÓN: Presupuesto para subsidios de Techo Propio y MiVivienda en el 2022 fue reducido a la mitad

Este programa, como señalan en el FMV, “está orientado a las familias peruanas con menores recursos”, por lo que reciben un apoyo económico destinado a la adquisición de una vivienda o para mejorar las condiciones de su inmueble actual.

¿CÓMO FUNCIONA TECHO PROPIO?

El programa Techo Propio cuenta con tres productos distintos:

1. Adquisición de vivienda nueva

Facilita el financiamiento y acceso a una vivienda de interés social (VIS). Además de contar con servicios de electricidad, agua potable y desagüe, una VIS tiene un valor máximo de hasta S/109.200.

2. Construcción en sitio propio

Está dirigido a los grupos familiares beneficiarios que cuentan con un predio, sobre el que se construirá una VIS, pero no son propietarios de otra vivienda, terreno o aires independizados a nivel nacional.

En este caso, el valor de la VIS debe oscilar entre 5,9 UIT (S/25.960) y 20 UIT (S/88.000) y la ejecución de las obras está a cargo de una entidad técnica (ET) autorizada por el Fondo MiVivienda.

3. Mejoramiento de vivienda

Bajo esta modalidad se ejecutan obras de remodelación, rehabilitación, culminación o ampliación de la vivienda, con la finalidad de dotar a la edificación existente las características de una VIS.

En este producto, el valor de la vivienda lo constituye el valor de obra, que resulta del presupuesto de la obra más el valor del autovalúo.

Mediante el programa Techo Propio, el Fondo MiVivienda entrega tres tipos de subsidios que llegan hasta S/38.500 (Foto: Andina)
Mediante el programa Techo Propio, el Fondo MiVivienda entrega tres tipos de subsidios que llegan hasta S/38.500 (Foto: Andina)

¿A CUÁNTO ASCIENDE EL BFH?

Como parte de sus principales atributos, el programa Techo Propio otorga el Bono Familiar Habitacional (BFH), que es un subsidio que sirve como un complemento al ahorro del que disponen muchas familias para acceder a una vivienda nueva o mejorar la que ya tienen.

Al ser un subsidio directo que otorga el Estado a una familia de manera gratuita como premio a su esfuerzo ahorrador, el BFH no se devuelve y su valor varía de acuerdo con la modalidad y/o tipo de producto.

Así, el BFH para este año ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N°016-2020-Vivienda, y además de tener validez hasta el 31 de diciembre, su valor es de tres tipos:

1. Adquisición de vivienda nueva

Su valor ha sido incrementado por la pandemia y asciende a S/38.500 en caso desees comprar una vivienda nueva.

2. Construcción en sitio propio

En este caso, el valor del BFH es de S/26.400 y para que las familias accedan a él deben contar con un ahorro mínimo de 0,45 UIT (S/1.980).

3. Mejoramiento de vivienda

El valor del BFH es de S/10.120 aunque dependerá del valor del mejoramiento, que como mínimo debe ser de 2,5 UIT (S/11.000).

REQUISITOS

En principio, los ingresos familiares mensuales (IFM) de las familias beneficiadas para la compra de una vivienda no deben exceder los S/3.715, pero si se trata de VIS priorizada el monto máximo será de S/2,071; y para para construir o mejorar una vivienda el IFM debe ser como máximo de S/2.706.

Para conformar un grupo familiar (GF), sea para la compra, construcción o mejoramiento de la vivienda, el jefe de familia puede declarar a uno o más dependientes (esposa, conviviente, hijos, hermanos o nietos menores de 25 años o hijos mayores de 25 años con discapacidad, padres o abuelos).

Además, los GF no deben haber recibido con anterioridad apoyo habitacional del Estado, y en caso quieran comprar una vivienda no podrán tener otra vivienda o terreno a nivel nacional. Mientras que para construir o mejorar una vivienda, se debe ser propietario del predio donde se ejecutará la obra, el mismo que debe estar inscrito en Registros Públicos sin cargas ni gravámenes y tampoco deben contar con otro terreno o vivienda a nivel nacional.

Para el registro de un GF, se debe presentar el DNI del jefe de familia, del cónyuge o conviviente y contar con los datos completos de todos los integrantes del grupo familiar beneficiario (nombre, DNI y fecha de nacimiento).