En febrero último, el Tribunal Constitucional (TC) declaró procedente un recurso presentado por Telefónica para dejar sin efecto el cobro de la Sunat por S/ 729 millones. (Foto: Hugo Curotto / GEC)
En febrero último, el Tribunal Constitucional (TC) declaró procedente un recurso presentado por Telefónica para dejar sin efecto el cobro de la Sunat por S/ 729 millones. (Foto: Hugo Curotto / GEC)

La empresa Telefónica de España, que opera bajo la marca en Perú, presentó una demanda de arbitraje contra el Estado ante el Centro Internacional de Arreglo de Disputas de Inversión (Ciadi) por una controversia en el pago de impuestos originada hace más de 20 años.

La solicitud de arbitraje se basa en el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre España y Perú firmado en 1994, cuando Telefónica ingresó al mercado peruano de las telecomunicaciones, según informó la empresa.

La reclamación de Telefónica alega que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) y otros organismos estatales incumplen las obligaciones establecidas en el acuerdo, incluyendo actuaciones arbitrarias y discriminatorias.

Los montos en controversia corresponden a los años 1998, 2000 y 2001 y actualmente más del 90% corresponde a moras e intereses.

Telefónica del Perú sostiene que en esos años cumplió con pagar el Impuesto a la Renta, que equivale al 30% de las ganancias.

Sin embargo, la Sunat presentó cinco observaciones, que derivaron en el Tribunal Fiscal y luego en el Poder Judicial (PJ).

Desde que la compañía ingresó al mercado peruano en 1994, ha invertido S/ 30,000 millones (US$ 8,200 millones) en infraestructura y ha pagado 10.000 millones de soles (US$ 2,700 millones) en impuesto a la renta.

En febrero último, el Tribunal Constitucional (TC) declaró procedente un recurso presentado por Telefónica para dejar sin efecto el cobro de la Sunat por S/ 729 millones (US$ 200 millones), que corresponden a los intereses acumulados por la deuda en controversia.

El TC le dio la razón a la empresa en el sentido de que no podía verse afectada por el cobro de la deuda fuera del plazo de ley, que son cinco años.

No obstante, el abogado de la Procuraduría de la Sunat, Reynaldo Bustamante, declaró a un medio de comunicación que le parecía “insólito” que “alguien discuta una deuda en el Poder Judicial y los intereses en el Tribunal Constitucional”.

En tal sentido, agregó que se trata de una maniobra que utilizan las grandes empresas para dilatar los procesos de cobranza y beneficiarse de montos de impuestos que dejan de pagar para capitalizarlos.


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