Operadoras deberán pagar multas. (FOTO: GEC)
Operadoras deberán pagar multas. (FOTO: GEC)

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró infundado los recursos de apelación presentados por Telefónica y Bitel. Confirmó las multas impuestas a ambas empresas operadoras por un total de S/ 2,034.560 (462.4 UIT).

A través de la Resolución N° 081-2021-CD/Osiptel, el ente regulador indicó que Telefónica recibió dos multas a Movistar que suman S/ 900,240. Una primera sanción por S/ 450,120 (102.3 UIT) al haber incumplido con el valor objetivo del indicador de calidad Cumplimiento de Velocidad Mínima para la velocidad de bajada respecto del servicio de acceso a Internet móvil en la tecnología 4G en el centro poblado de San Juan, provincia de Maynas (Loreto), en el segundo semestre del 2018.

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Y una segunda multa por S/ 450,120 (102.3 UIT) al haber incumplido con el valor objetivo del indicador de calidad Cumplimiento de Velocidad Mínima para la velocidad de bajada respecto del servicio de acceso a Internet móvil en la tecnología 4G en el centro poblado de Punchana, provincia de Maynas (Loreto), en el segundo semestre del 2018.

Por su parte, la empresa Bitel recibió cuatro multas que suman S/ 1,134.320. La primera por un monto de S/ 224,400 (51 UIT), la segunda de 664,400 (151 UIT), luego S/ 220,000 (50 UIT) y la cuarta de S/ 25,520 (5.8 UIT) por infringir lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicación y el Reglamento General de Supervisión.

Osiptel señaló que los recursos obtenidos por ese motivo se destinan al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones (Fitel), que actualmente administra el Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), institución que promueve el acceso y uso de los servicios públicos de telecomunicaciones esenciales para los pobladores rurales y que depende del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

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